Tribunal confirma restricción del parrillero en moto para algunos barrios de Cartagena
Este es uno de los puntos de debate con el gremio de mototaxistas.
El Tribunal Administrativo de Bolívar ratificó el fuero que tienen los alcaldes para en su condición de jefes de Policía restringir la libertad de circulación de personas en motocicletas, siempre y cuando presenten circunstancias que ameriten mantener o restablecer el orden público, atendiendo los parámetros de proporcionalidad y razonabilidad.
El magistrado ponente de la providencia fue José Rafael Guerrero Leal, que ratificó de esta manera la sentencia expedida por el Juzgado Décimo Primero Administrativo del Circuito de Cartagena, que negó una demanda de acción de nulidad instaurada por Alain Ramírez Sánchez.
El solicitante pretendía que se declarara ilegal el decreto 1338 del 21 de noviembre del 2018, por medio del cual se adoptan medidas restrictivas de circulación en Cartagena de motocicletas con parrilleros en los barrios Bocagrande, Laguito, Manga Castillogrande, Cabrero, Crespo, Pie de la Popa y Alto Bosque.
Guerrero Leal estimó que no es de recibo el argumento de Ramírez Sánchez, quien sostiene que el Acalde no informó de manera inmediata al Concejo, como quiera que las acciones transitorias adoptadas no fueron con ocasión de situaciones de desastre, epidemia, sino para preservar y mantener el orden público.
Lo que argumenta el Tribunal se fundamenta también en un informe de la Policía Metropolitana de Cartagena, que observa que la inseguridad en estas zonas no ha desaparecido, sino que ha mermado gracias a la medida restrictiva adoptada.
Estas restricciones ordenadas por la Alcaldía de Cartagena es uno de los puntos que solicitan revocar los mototaxistas para tener libre movilidad por la ciudad y prestar su actividad.