La encrucijada legal, social, ambiental y política de la megaobra del Canal del Dique
La restauración de los ecosistemas degradados del gran afluente fluvial y comercial del río Magdalena, un megaproyecto en vilo desde hace 50 años.
En una verdadera encrucijada se encuentra la adjudicación del contrato para que bajo un esquema de Asociación Público Privada (APP) un concesionario, por su cuenta y riesgo, lleve a cabo los estudios, diseños, construcción, financiación, operación, mantenimiento y reversión de bienes a la Nación para la “restauración de los ecosistemas degradados del Canal del Dique”.
Lo increíble de este caso es que se trata de un megaproyecto del cual se viene hablando desde hace casi 50 años.
Durante este lapso los gobiernos de turno, quizás para congraciarse electoralmente con la Región Caribe, teniendo en cuenta su impacto directo en los departamentos de Atlántico, Bolívar y Sucre, han lanzado bombos y platillos para comprometerse a su ejecución. Lo cual no ha ocurrido hasta el momento.
En esencia, lo que se ha logrado estructurar a lo largo de este lapso, en medio de estudios, diseños, contrataciones exóticas y bajo la más completa desplanificación, teniendo en cuenta los motivos de aplazamientos y suspensiones de procesos, es una megaobra que le ha quedado grande a los gobiernos de turno.
Prácticamente, las multimillonarias consultorías han definido los siguientes aspectos básicos para lograr el objetivo:
- Regulación activa del ingreso de caudales al sistema del Canal del Dique.
- Control de tránsito de sedimentos entre el Canal y las bahías de Cartagena y Barbacoas.
- Control de inundaciones y control de niveles de agua en el Canal.
- Control de la intrusión salina.
- Escenarios para la adaptación al cambio climático.
- Mejoramiento de las conexiones Ciénaga - Ciénaga y Ciénaga - Canal.
- Restauración de los ecosistemas Parque Nacional Natural Corales del Rosario y San Bernardo.
- Restauración de rondas de ciénagas, caños y Canal del Dique.
- Aseguramiento del recurso hídrico del Canal para agua potable, riego, ganadería, pesca y otros servicios.
- Garantizar la navegación fluvial.
Primer proceso ‘abortado’
En la época más reciente, inicialmente la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), el 23 de junio de 2020, abrió el proceso VJ-VE-IP-002-2020, para precalificación de los interesados en participar, en una APP para desarrollar el megaproyecto, tomando como mes de referencia el 31 de diciembre de 2018.
En desarrollo del mismo, el 17 de abril de 2019 se suscribió el Convenio Interadministrativo No. 005 - 2019 entre la ANI, Cormagdalena y el Fondo Adaptación con el objeto de “aunar esfuerzos técnicos, administrativos, sociales, ambientales, contables, jurídicos, financieros y en la valoración de riesgos para la preparación, análisis, revisión y evaluación de la estructuración del proyecto”.
Inicialmente fue estructurado por el Gobierno Nacional con la asesoría de Bonus Banca de Inversión S.A.S. en la parte jurídica y financiera y Gómez Cajiao S.A.S. y Consorcio Dique en los asuntos técnicos del proyecto.
Es de reiterar que el megaproyecto del Canal del Dique se convirtió, durante varios períodos presidenciales, en una típica promesa de Gobierno.
Por ello existen conceptos de la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior, con fechas de enero y febrero de 2014, así como de septiembre de 2016, en virtud de las cuales se concluye que “dadas las actividades objeto del proyecto de restauración de ecosistemas degradados del Canal Dique y por la naturaleza del mismo, no era procedente adelantar trámite de Consultas Previas”.
Sin embargo, cuatro años después, las cosas cambiaron.
Fue así como, en desarrollo de los estudios y análisis adelantados como parte de la estructuración del proyecto, la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior expidió la Resolución No. ST-0567 del 6 de julio de 2020, mediante la cual, en respuesta a la solicitud presentada por la ANI el 13 de mayo de 2020, dispuso “adelantar Consultas Previas con 14 comunidades, cuyos usos y costumbres tradicionales, relacionados con la pesca y la agricultura, podrían resultar afectados por las actividades objeto del alcance del proyecto”.
Posteriormente, el Tribunal Administrativo de Bolívar, en Sala Alfabética de Decisión No. 001, emitió la Sentencia No. 011/2021 del 18 de febrero de 2021, la cual dejó sin efectos la Resolución No. ST-0567 del 6 de julio de 2020; que, a su vez, ordenó a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa adelantar una visita de verificación para determinar si se requería adelantar el proceso con la comunidad Cabildo Menor Indígena Zenú de Pasacaballos (Kainzerupab).
Luego, el Tribunal Superior de Cartagena, Sala Penal, mediante fallo del 5 de marzo de 2021, confirmó la decisión de primera instancia emitida por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cartagena, por medio de la cual se ordenó adelantar el proceso de Consulta Previa con la Comunidad Indígena Zenú La Pista.
Ante ello, dado que la Resolución No. ST-0567 del 6 de julio de 2020 quedó sin efectos y que era el sustento para adelantar las consultas previas que se requerían para el proyecto, la ANI suspendió los procesos hasta que la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa emitiera un nuevo acto administrativo; razón por la cual, la Agencia consideró que se hacía necesario suspender la precalificación el 12 de abril de 2021.
De esta manera el proceso de precalificación No. VJ-VE-IP-002-2020 se suspendió desde el mes de abril y se tenía previsto que se prolongara hasta el 31 de enero de 2022, siendo prorrogado en cinco ocasiones consecutivas así: el 28 de mayo, el 28 de julio, el 30 de agosto, el 29 de octubre, y la última, el 18 de noviembre de 2021.
Cambios de presupuesto y ajustes financieros
Durante la suspensión y a partir de diversos análisis que surgieron al estudiar las observaciones presentadas por los interesados en la Invitación y a las observaciones elevadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se generaron cambios del presupuesto que precisaron de ajustes en el modelo financiero.
Además, se actualizó la estimación de las compensaciones resultantes del proceso de consulta previa, lo que conllevó a actualizar rubros específicos para contemplar estas actividades.
A su vez, se actualizó el presupuesto para la adquisición predial y la definición de la infraestructura que debe ser cedida al concesionario, lo que implicó realizar ajustes de fondo en la precalificación .
De igual manera, con la expedición del Conpes 4028 de marzo del 2021, se vio la necesidad de ajustar adecuadamente los riesgos para el proyecto fluvial de cara al cumplimiento de este lineamiento de orden nacional, lo que a su vez requirió de cambios técnicos, jurídicos y financieros para el proyecto.
Precalificación descartada
Por todas estas razones, el 10 de diciembre de 2021 la ANI decidió descartar la precalificación. En virtud de lo anterior, lo dio por terminado y, como consecuencia de ello, iniciar un nuevo proceso de contratación.
Así, quedó “abortada” la audiencia de conformación de la lista de precalificados que estaba prevista para el 31 de enero de 2021.
Al final, las consultas solamente lograron realizarse con las siguientes organizaciones: Consejo Comunitario de la Comunidad Negra Correa; Consejo Comunitario de la Comunidad Negra Ñanguma; Consejo Comunitario de la Comunidad Negra Rocha; Comunidad Zenú Gambote; Consejo Comunitario de la Comunidad Negra La Barcé; Consejo Comunitario de la Comunidad Negra San Antonio; Consejo Comunitario de la Comunidad Negra Gambote; Consejo Comunitario de la Comunidad Negra Lomas de Matunilla; Consejo Comunitario de la Comunidad Negra Puerto Badel; Consejo Comunitario de la Comunidad Negra de Leticia; y Consejo Comunitario de la Comunidad Negra de Recreo.
El nuevo proceso
Tras este rotundo fracaso, el Gobierno decidió abrir un nuevo proceso para contratar la concesión por el término de 180 meses, por un valor estimado en 3 billones 256.619 millones 15 mil 871 pesos.
La licitación fue abierta el 25 de marzo de 2022 mediante Resolución 20227030004215 y cerrada el 13 de julio.
En el cronograma fue aplazada la audiencia de apertura de sobre No. 2, e instalación de adjudicación del 4 de agosto a las 10 a.m. para el 5 de agosto a las 3 de la tarde.
No obstante, mediante Adenda No. 7 del 4 de agosto se modificó la audiencia de adjudicación del proceso, para el 12 de agosto.
En la víspera de la fecha reprogramada, el vicepresidente encargado de Estructuración, Óscar Gerardo Cifuentes Correa, solicitó la suspensión de la licitación a partir del 11 de agosto hasta el 12 de septiembre.
Esta decisión fue respaldada por el Ministro de Transporte, Guillermo Reyes, con el fin de reevaluar los siguientes aspectos:
- Que se considera prudente la apertura de espacios de diálogo con los habitantes de las zonas de influencia del proyecto, con el fin de conocer sus preocupaciones e inquietudes en relación con el alcance del proyecto y sus impactos sociales y ambientales, espacios que contarán con el acompañamiento de la Comisión Accidental de Seguimiento al proceso de adjudicación del Canal del Dique.
- Que es importante revisar internamente las observaciones que, en el marco de sus competencias, han realizado los órganos de control y la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) en relación con el proyecto.
- Que, en general, resulta de la mayor relevancia adelantar mesas de diálogo y socialización con autoridades locales, gremios, comunidades y actores claves en el desarrollo de este megaproyecto fluvial, a efectos de socializar sus principales aspectos técnicos, sociales y ambientales.
Tal determinación fue adoptada a través de la Resolución 1100 del 11 de agosto firmada por el mismo Cifuentes Correa y una decisión sobre si se adjudica o no la licitación se encuentra nuevamente en vilo con un sólo proponente: Sacyr Concesiones Colombia S.A.S., cuyo representante legal es Jesús Rodríguez Robles.
Sacyr también con Buenaventura - Buga
De manera simultánea al proceso APP del Canal del Dique, la ANI adelantaba otro similar para la la financiación, elaboración de estudios y diseños definitivos, gestión ambiental, gestión predial, gestión social, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del corredor “Buenaventura– Loboguerrero - Buga” del proyecto Nueva Malla Vial del Valle del Cauca.
En este proceso (VJ-VE-APP-IPB-004-2021) se presentaron dos propuestas así:
- Proyectos y Desarrollos Viales del Valle S.A.S. -Prodevivalle S.A.S.-,
por 1 billón 353.304 millones 11 mil 59 pesos.
- Sacyr Concesiones de Colombia S.A.S., por 1 billón 250.650 millones 377 mil 330 pesos.
Finalmente fue adjudicado a Sacyr Concesiones de Colombia S.A.S., mediante Resolución No. 20227030010755 el pasado 5 de agosto.
El hecho de que esta billonaria APP le haya sido adjudicada a Sacyr Concesiones de Colombia S.A.S., el único proponente en el proceso del Canal del Dique, también es motivo de preocupación y revisión por parte del Ministro de Transporte, Guillermo Reyes González, en cuanto a la capacidad financiera que pudiera tener dicho contratista para la simultánea ejecución de los dos megaproyectos.
Lo curioso de este caso es que su adjudicación se hizo el mismo día y hora en que la ANI también tenía previsto adjudicar la APP del Canal del Dique.
Esto hubiese significado que el mismo día y hora Sacyr Concesiones de Colombia S.A.S. habría resultado beneficiada con dos concesiones que en conjunto totalizan 4 billones 507.269 millones 493 mil 201 pesos.
Como quien dice: “Baloto y Baloto Revancha”.