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Retorno a la presencialidad escolar, decisiones que comprometen vidas

Bajo este título, el llamado Colectivo de Rectores Amigos de la Integración, en el marco de la nueva convocatoria a la presencialidad de las escuelas el próximo 15 de Julio del 2021, emitida por el gobierno nacional, ha expresado públicamente su rechazo a la decisión bajo argumentos de salud y riesgo de vida para docentes, estudiantes y padres de familias.

En el contexto de un comunicado firmado por un  grupo de rectores de las instituciones públicas de la ciudad, los rectores manifiestan entre otras cosas lo siguiente: “En principio no nos resulta extraño el apresurado deseo del que deriva la última orden gubernamental de retorno a las escuelas. Sin embargo, una vez más afirmamos que debe primar la verificación de criterios que garanticen los derechos a la salud/vida de los miembros de la comunidad educativa y un claro conocimiento de los factores de riesgo a los que se verán expuestos”.  Recuerdan que hace poco las crecientes cifras de contagios y víctimas mortales de un tercer pico de pandemia obligaron a retrotraer la anterior decisión de presencialidad.

 “Nos sumamos como otras más de las voces que dejan un testimonio previsivo ante las autoridades locales/nacionales y ante los padres y madres de familia (que deben otorgar consentimiento sobre los criterios y factores de riesgo que gravitan esta nueva orden porque mientras no haya inmunidad de rebaño por vacuna contra el Covid”. Señalan que la aglomeración de la escuela constituirá una fuente de propagación desde sus miembros directos hacia sus familias. Porque las nuevas cepas constituyen una permanente amenaza y se mantienen altos índices de contagio y mortalidad en todo el país. “No existen las condiciones homogéneas en las distintas instituciones educativas oficiales como consecuencia de una ejecución inequitativa de los recursos para la reconstrucción o mejora de sus plantas físicas en los últimos años. Se requiere el levantamiento de un diagnóstico técnico en cada institución sobre aforo, ventilación, baterías sanitarias, servicios públicos (agua, electricidad, aseo), plan de suministro de materiales de bioseguridad”. Los estudios previos sobre vacunación informan de unos tiempos estimados para la activación corporal de la inmunización dependiendo de las fechas y del tipo de biológico aplicado. La fecha fija de retorno (15-07-2021) es incompatible con la esperada inmunización de muchos docentes si se toman en cuenta las fechas y el tipo de vacuna. El retorno a la escuela que congregaría vacunados y no vacunados, la habilita indefectiblemente como nuevo escenario de propagación del virus.

Si bien es cierto que la letalidad del virus es baja en niños, púberes y adolescentes eso no significa que los riesgos mortales sean nulos. De acuerdo con cifras oficiales, cuando en la ciudad se registraban 5001 personas fallecidas por Covid; 7 de ellas lo fueron entre 0 y 19 años. La FDA aprobó la aplicación de la vacuna Pfizer desde los 12 años hacia adelante. Ese intervalo cerrado a la izquierda y abierto a la derecha permitiría inmunizar a casi toda la población del bachillerato, ciclos del nocturno y demás programas informales y no formales en las escuelas. En nombre del valor que tiene cada vida este proceso de vacunación debería constituirse en una condición previa y verificable a cualquier forma de presencialidad. El mundo es un amplio laboratorio sobre contraindicaciones y efectos secundarios Se tienen identificadas vacunas que producen efectos mortales e inmunización ineficaz.

Por último, “tomando en cuenta la contradicción existente entre una disposición que nos desautoriza y otra que nos invita a asumir competencias para la modificación del calendario general de actividades académicas (Artículo 7 de la Resolución 04504 de 2020 y la Circular No. 00043 de junio de 2021) y teniendo en cuenta que esta es una función que la ley ha puesto en la órbita del Ministerio de Educación Nacional (Artículo 15 del Decreto 1850 del 2002), solicitamos muy amablemente que la SED-Barranquilla peticione a la Ministra de Educación la expedición de un acto administrativo que ponga a buen cobijo tanto la circular 00043 de 2001 como las acciones de modificación de calendario que autoriza a los Consejos Directivos de las instituciones educativas del Distrito de Barranquilla para la recuperación de los 28 días de inactividad”.

La declaración de este grupo de rectores del Distrito va además soportadas con una acción de tutela que contra el Ministerio de Salud y del Ministerio de Educación, fue impetrada por el ciudadano Mario Fernando Cuayal Revelo, en la ciudad San Juan de Pasto. Los derechos fueron tutelados  por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Pasto al estimar que con la circular 777 del 2 de junio  del ministerio de Salud y la circular 05 del ministerio de educación se vulneran los derechos del tutelante. Derechos vulnerados a la igualdad, derecho a la salud de los docentes, estudiantes y familia de los educandos y otros derechos contemplados  en la Constitución Política de Colombia

Firman: Rectores amigos de la integración del Distrito de Barranquilla

Henry Gómez Zárate

Octavio Ospino

Javier Ramos

Ángel Molina

Nelson Barraza Escamilla

Anibal Cotes Ojeda

David Albor

Humberto Orozco

Marcos Manotas Hernández