El Concejo de Soledad en sesión ordinaria de 2016.
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Por falta gravísima a título de dolo, elevan cargo a los 19 concejales de Soledad

Procuraduría concluyó que se “extralimitaron en sus funciones”, a sabiendas de que era un acto “ilegal”, al crear un impuesto para financiar el Fondo de Fomento del Desarrollo del Deporte.

José Granados Fernández

@JoseGranadosF

 

Como una “falta gravísima a título de dolo” calificó la Procuraduría Provincial de Santa Marta la actuación de los 19 concejales actuales del municipio Soledad por haber creado, en marzo de 2016, de manera “ilícita e injustificada” un impuesto para financiar el Fondo del Fomento del Desarrollo del Deporte.

En exclusiva, Emisora Atlántico y Zona Cero.com conocieron el pliego de cargo, de 32 páginas expedido el pasado miércoles 11 de octubre, en el que la procuradora (e) Claudia Patricia García Gómez concluyó que “no existen dudas” de que al debatir, aprobar y expedir el Acuerdo 000199 del 7 de marzo de 2016 todos los concejales soledeños actuaron con la “intención y querer positivo de vulnerar el régimen jurídico”, pues procedieron “con conocimiento de causa y de manera voluntaria” a imponer un impuesto que “no había sido autorizado por la Ley 19 de 1991”, la cual solo les dio facultades a los municipios para crear el citado fondo de fomento deportivo.

Los afectados con el pliego de cargo, al violar el Código Disciplinario Único, son: Ricardo Arcón Hereira (Partido Conservador), Gladys Arraut Varelo (Opción Ciudadana), Astrid Barraza Mora (Partido Conservador), Robinson Buelvas Vergara (Centro Democrático), Julio Cabrera Rodríguez (Movimiento Indígena Aico), Ruber Cartagena Llanos (Cambio Radical), Robin Castro Fallace (Partido Liberal), Enrique Del Castillo Jiménez (La U), Félix Donado Escorcia (Partido Conservador), Daniel Florián Reales (La U), Alexandra Hernández Navas (Movimiento Indígena Aico), Álvaro Martínez González (Cambio Radical), Rodrigo Martínez Rodríguez (Cambio Radical), Jorge Mejía Iriarte (Alianza Verde), Adriana Molinares Mancera (Cambio Radical), Ruby Puente Garizabal (Partido Liberal), Johnny Pulgar Severiche (La U), Juan Carlos Orozco Llerena (Cambio Radical) y Monte Wuilliano Valbuena Rojas (Opción Ciudadana).

El proceso disciplinario es conocido por la Procuraduría de Santa Marta debido a que la exprocuradora general (e) Marta Castañeda decidió cambiar la radicación del proceso, mediante Resolución 710 del 27 de octubre de 2016, sin que, aparentemente, existiera una justificación de fondo para ello.

REVIVEN LO ANULADO

De acuerdo con lo expuesto en el pliego de cargo, a raíz de una queja presentada el 2 de junio de 2016 por Paulo Varelo Barrios, en la investigación disciplinaria, radicado 2016-209647, el Ministerio Público confirmó, cronológicamente, que el 15 de julio de 2008 el Concejo de Soledad, a través del Acuerdo 0081, creó -en la administración del alcalde José Zapata- el Fondo para Fomentar el Deporte y estableció un impuesto del 1,5% de todos los contratos y convenios suscritos por este Municipio y sus entes descentralizados.

Pese a su ilegalidad, el 0081 no fue demandado y estuvo vigente hasta 2013 cuando el propio Concejo, al momento de actualizar y modificar el Estatuto Tributario Municipal, lo anuló al concluir que el cobro del 1,5% contrariaba normas legales. Para ese entonces, el alcalde Franco Castellanos expidió el Acuerdo 000168 en el que anuló la creación del Fondo y el impuesto.

A pesar de que el Concejo conocía lo sucedido en 2008 y 2013, pues varios de sus integrantes fueron protagonistas de tales decisiones, el 7 de marzo de 2016 el Cabildo de Soledad revivió el Fondo del Fomento del Desarrollo del Deporte y estableció para su financiación el mismo porcentaje del 1,5% de todos los contratos y convenios.

SIN FACULTADES

En esta oportunidad el Concejo no contaba con que aparecería un quejoso ante la Procuraduría que tiene al borde de la destitución y de que les decreten una prolongada inhabilidad, por lo que el Ministerio Público valora como “falta gravísima a título de dolo”.

En su defensa, los 19 concejales soledeños argumentaron, entre otras cosas, que por “disposición constitucional (…) tienen la facultad de imponer contribuciones fiscales o parafiscales (…) siempre que exista una ley que cree el tributo”.

Sin embargo, en su análisis la Procuraduría concluyó que los cabildantes “incumplieron los deberes propios de su cargo” y se “extralimitaron en sus funciones” porque si bien la Ley 19 de 1991 les permite a los municipios crear el precitado Fondo, no les concedió facultades a los entes territoriales ni a sus concejos para crear un tributo. La financiación, dice la norma, debe hacerse “dentro del presupuesto”. Por ningún lado dice que pueden hacerlo a través de una nueva carga impositiva.

Al calificar la actuación de los concejales la procuradora García Gómez tuvo en cuenta que el Juzgado 12 Administrativo de Barranquilla, mediante sentencia del 14 de mayo de 2017, declaró la nulidad del Acuerdo 000199 (esta decisión fue apelada ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Atlántico). El Juez concluyó que al crear el impuesto del 1,5% el Concejo “actuó por fuera del marco legal y con ello transgredió el marco de sus competencias (…)”.

Por esa razón, la Procuradora Provincial del Santa Marta reafirma en unos de los apartes del pliego de cargo: “En el caso que nos ocupa (…) al Concejo Municipal de Soledad dentro de sus atribuciones no le correspondía la función de crear tributos a nivel municipal que no han sido previamente creados por el Congreso Nacional”.

ALCALDE SERÁ INVESTIGADO

Para calificar la falta disciplinaria a título de dolo la Procuraduría tuvo en cuenta que en este proceso hay un grado de culpabilidad de parte de los concejales porque tomaron una decisión a pesar de que sabían que se estaban extralimitando; además, su falta tiene una trascendencia social y causa un perjuicio porque están cobrando un impuesto “sin tener la respectiva autorización legal para el efecto”.

“Lo anterior -precisa el pliego de cargo- es un perjuicio grave que los ciudadanos del Municipio de Soledad no están en la obligación de soportar puesto que la ley no les impuso dicha carga, y mucho menos puede ser impuesta por parte del Concejo”.

En este proceso disciplinaria el Ministerio Público decidió investigar por separado la conducta del alcalde de Soledad, Joao Herrera, por haber firmado el Acuerdo 000199. Explica el despacho que decidió desglosar la investigación en aras de “salvaguardar los derechos al debido proceso, a la defensa y contradicción” del mandatario.

También la procuradora Claudia García dispuso que deben investigar a Cecilia Lozano Pereira, jefa de la Oficina Jurídica de la Alcaldía de Soledad, por haber caído en una contradicción al decirle, por un lado, al Ministerio Público que en la vigencia 2016 no habían efectuado cobros por este concepto a los habitantes de Soledad, pero la misma funcionaria al responder un derecho de petición a Elmer Rudas Menco certificó que en ese año habían recaudado $120.106.940 por concepto del impuesto del fomento al desarrollo del deporte.

                                                                                                                                                    

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