El presidente Gustavo Petro y el presidente del CNE, Alfonso Campo
El presidente Gustavo Petro y el presidente del CNE, Alfonso Campo
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Petro y CNE se enfrentan por directriz de no contabilizar votos de candidatos inhabilitados

“No es el desacato a la justicia el camino a la democracia”, dice el Jefe de Estado.

El Presidente Gustavo Petro, quien se encuentra en visita oficial en China, le pidió este martes al Consejo Nacional Electoral contabilizar los votos de los candidatos que han sido inhabilitados, luego de hacerse público el texto de un borrador en el que la autoridad electoral solicita a jurados y demás autoridades que no sean tenidos en cuenta y que sean registrados como "tarjetas no marcadas".

“Le solicito al Consejo  Nacional Electoral cumplir los fallos de los jueces y contar los votos de los candidatos cuyos derechos políticos  han sido protegidos por ellos. No es el desacato a la justicia el camino a la democracia”, escribió en su cuenta de X (antes Twitter).

La polémica, que se presenta a cinco días de las elecciones regionales en todo el país, surgió después que el tribunal electoral insistiera en que las tarjetas de esos candidatos revocados no sean contabilizadas.

A su vez, el presidente del CNE, magistrado Alfonso Campo Martínez, le respondió por la misma vía al Jefe de Estado:

Señor presidente, el  @CNE_COLOMBIA acata integralmente las decisiones judiciales y se inspira en el cumplimiento de la Constitución y de la ley. Avanzamos en el cuidado estricto de la democracia, del derecho a elegir y a ser elegido”, le dijo.

Lo cierto es que pesar de que el Consejo Nacional anuló la inscripción de varios candidatos, hasta este martes no hay claridad sobre el número de aspirantes que aparecerán en los tarjetones a las diferentes corporaciones públicas.

La revista Semana publicó apartes del borrador:

“El Consejo Nacional Electoral reitera a los jurados de votación, comisiones escrutadoras auxiliares, locales municipales y departamentales sobre escrutadoras, que para la calificación de las tarjetas electorales que contengan votos marcados para los candidatos y/o listas revocadas en virtud de la atribución constitucional prevista en el numeral 12 del artículo 265 por el Consejo Nacional Electoral, deberá seguirse lo expuesto por la corporación, de la siguiente forma”.

La revocatoria de la totalidad de una lista de candidatos y/o de candidatos a cargos uninominales, no representa una opción válida en la respectiva tarjeta electoral, agregan.

En consecuencia, no puede computarse como voto válido o nulo, sino que debe considerarse como una tarjeta no marcada, la cual carece de efectos para la fase del escrutinio”.

 

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