Muchos electores quedaron decepcionados cuando, después de verificar en los listados, sus cédulas no aparecieron en los respectivos puestos.
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Leonardo Olivares

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Los reverzasos del Consejo Electoral que afectaron a miles de votantes

A última hora revocó la anulación de 14.628 inscripciones que habían quedado sin efecto por trashumancia en el Atlántico.

Del “timbo al tambo”, totalmente confundidos, quedaron miles de electores por no saber, a ciencia cierta, su lugar de votación.

Todo porque, a última hora, el Consejo Nacional Electoral (CNE), mediante Resolución 5352, ordenó la inclusión inmediata en el censo de 159.283 cédulas en el país, cuya inscripción había sido anulada por la propia corporación argumentando razones de trashumancia.

La Resolución, firmada por el presidente del CNE Emiliano Rivera Bravo y el vicepresidente Felipe García Echeverri, fue colgada a las 3 de la tarde del sábado en la página web del Consejo. Y fue notificada en horas de la noche a los alcaldes y registradores locales.

La decisión produjo mayor confusión en los electores ya que con la anulación de las inscripciones automáticamente quedaban votando en el puesto que lo hicieron en el pasado debate. Y al confirmarse su inscripción quedaban incluidos en el nuevo puesto de votación.

Esto último fue lo que no se le pudo advertir a los afectados, quienes durmieron para votar en un puesto y despertaron para hacerlo en otro, sin haber sido debidamente notificados.

Tanto así  que a las 11:24 de la mañana de este domingo, en su cuenta de Twitter el CNE trinó: “En este link puede verificar si su cédula fue repuesta después de haber sido declarado como trashumante http://www.cne.gov.co/cne/res_5352_2015.news”.

De las cédulas habilitadas en este “reversazo” del CNE, 14.268 corresponden al departamento del Atlántico, discriminadas de la siguiente manera: Barranquilla, 8.770; Baranoa, 159; Campo de la Cruz, 124; Candelaria, 74; Galapa, 234; Juan de Acosta, 31; Luruaco, 17; Malambo, 353; Manatí, 42; Palmar de Varela, 124; Piojó, 11; Polonuevo, 44; Ponedera, 39; Puerto Colombia, 228; Repelón, 46; Sabanagrande, 139; Sabanalarga, 314; Santa Lucía, 38; Santo Tomás, 118; Soledad, 3.583; Suan, 45; Tubará, 68 y Usiacurí, 5.

Según el CNE, “la decisión de revocar la declaratoria de inscripción irregular de que trata esta resolución comprende también todas aquellas cédulas de ciudadanía que como consecuencia de haberse dejado sin efecto la inscripción sigan inscritas en el mismo municipio”.

Contra la anulación de las inscripciones los ciudadanos interpusieron los recursos de reposición, que finalmente fueron acogidos por el CNE.

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