Magistrados de la JEP.
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JEP imputa a 11 militares por 120 casos de falsos positivos en el Catatumbo

Fueron presentadas como bajas en combate entre enero de 2007 y agosto de 2008.

La Sala de Reconocimiento de la JEP les imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 11 personas, entre ellos un Brigadier General, dos coroneles, dos tenientes coroneles, un mayor, un capitán, dos sargentos y un cabo, y a un tercero civil dentro del subcaso Norte de Santander del Caso 03 ahora llamado Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado.

La Sala de Reconocimiento llama a reconocer responsabilidad a los 11 imputados por su participación determinante en el asesinato de por lo menos 120 personas en estado de indefensión en el Catatumbo (Norte de Santander), presentadas como bajas en combate entre enero de 2007 y agosto de 2008, y así aumentar criminalmente las estadísticas oficiales de éxito militar, la Sala de Reconocimiento les imputó el crimen de guerra de homicidio en persona protegida y crímenes de lesa humanidad de asesinato, y desaparición forzada, ante el ataque generalizado y sistemático contra la población civil.

Los imputados, identificados como máximos responsables en la modalidad de liderazgo por haber dado órdenes sin las cuales las conductas criminales no hubieran tenido lugar de forma sistemática y generalizada, son: el brigadier general Paulino Coronado Gámez quien fue el comandante de la Brigada 30; los coroneles Santiago Herrera Fajardo y Rubén Darío Castro Gómez, antiguos comandantes de la Brigada Móvil 15 (BRIM15); el teniente coronel Álvaro Diego Tamayo Hoyos, antiguo comandante del Batallón de Infantería No. 15 'General Francisco de Paula Santander' (BISAN) de Ocaña, el teniente coronel Gabriel de Jesús Rincón Amado, exoficial de operaciones de la BRIM15 y el mayor Juan Carlos Chaparro Chaparro, excomandante del BISAN.

Por haber contribuido de manera amplia y efectiva en la ejecución de conductas de particular gravedad, la JEP también imputó a los antiguos oficiales de inteligencia de la Central de Inteligencia de Ocaña (CIOCA): el capitán Daladier Rivera Jácome y al sargento segundo Rafael Antonio Urbano Muñoz; así como al sargento segundo Sandro Mauricio Pérez Contreras quien fue jefe de la sección de inteligencia del BISAN, al cabo primero Néstor Guillermo Gutiérrez Salazar, excomandante de escuadra en la BRIM15 y al tercero civil Alexander Carretero Díaz, quien trabajó como colaborador de las dos estructuras militares.

Para la JEP, la evidencia indica que estos 11 imputados son penalmente responsables del crimen de guerra de homicidio en persona protegida y los crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada, conforme al Código Penal Colombiano como al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Los magistrados de la Sala de Reconocimiento concluyeron que los comparecientes actuaron siendo conscientes de que estos delitos se cometían como parte de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, razón por la cual también existen bases para determinar que son responsables de crímenes de lesa humanidad.

Estas imputaciones hacen parte del primero de por lo menos seis Autos de Determinación de Hechos y Conductas que se expedirán en el caso 03 (conocido como el de 'falsos positivos'), de acuerdo con la priorización que hizo pública la JEP en febrero de 2021 a través del Auto 033. 

Antioquia, la Costa Caribe, Huila, Casanare y Meta son los otros cinco subcasos territoriales priorizados a la fecha por la JEP, luego de establecer el universo provisional de hechos a partir de la contrastación judicial de las bases de datos oficiales de la Fiscalía General de la Nación, el Centro Nacional de Memoria Histórica y de las Organizaciones No Gubernamentales de derechos humanos y víctimas. En Antioquia, la Sala también expedirá un auto de determinación sobre el caso emblemático del cementerio Las Mercedes de Dabeiba. Estos hechos también se investigan en el caso de Urabá.

Este Auto construye sobre lo construido por la justicia ordinaria, agrupa los 120 asesinatos y las 24 desapariciones forzadas y se concentra en esclarecer el patrón macrocriminal encontrado, así como las causas y factores críticos que dieron lugar a este fenómeno y en los máximos responsables. Las investigaciones judiciales, medidas de aseguramiento y condenas decretadas por la jurisdicción ordinaria obraron como incentivos para contribuir al esclarecimiento de la verdad por parte de los comparecientes.

En este primer Auto de Determinación de Hechos y Conductoras, la Sala determinó que, de los 120 asesinatos, 73 contaban con una investigación penal previa en la jurisdicción ordinaria en 39 procesos judiciales, de los cuales ocho alcanzaron la etapa de juicio y uno la ejecución de la pena. Los demás se encontraban en etapa de investigación. De los 11 máximos responsables imputados por la JEP, cinco habían sido condenados por algunos hechos individuales (un teniente coronel, tres sargentos y un tercero civil).

 

 

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