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Alejandro Lyons, exgobernador de Córdoba.
Alejandro Lyons, exgobernador de Córdoba.
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La Razón

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Formulan cargos contra exgobernador y tres exsecretarios de Salud de Córdoba

Al exgobernador Lyons Muskus le reprocharon "no ejercer en debida forma su deber de vigilancia".

Presuntas irregularidades en la prestación de los servicios de odontología por más de $3.000 millones de pesos llevaron a la Procuraduría General de la Nación a que formulara pliego de cargos al exgobernador de Córdoba, Alejandro José Lyons Muskus, y a los exsecretarios de Desarrollo de la Salud, Alexis José Gaines Acuña, Alfredo José Arauchan Narváez y Edwin de Jesús Preciado Lourdy,

A Gaines Acuña, el ente disciplinario le cuestionó la presunta vulneración del principio de economía al ordenar, presuntamente, mediante las resoluciones No. 001685 y 001681 del 10 de junio; No. 001781 del 18 de junio, No. 001781 del 18 de junio, y No. 002035 del 17 de julio de 2014, el pago de los servicios de salud a la IPS FM Maxilofacial de Córdoba S.A.S. por valor de $1.550.508.224, sin que mediara relación contractual.

"En el caso de Arauchan Narváez supuestamente ordenó el pago de servicios de salud a Mauricio Javier Bermúdez Ramos, a la Clínica de Especialidades Odontológicas Oralcosta S.A.S. y a SA Odontológica I.P.S. S.A.S. respectivamente, por valor de $1.274.982.928, mediante las resoluciones No. 002551 del 21 de agosto, No. 002747 del 2 de septiembre y No. 003128 del 6 de octubre de 2014", mencionó el Ministerio Público.

Mientras, Preciado Lorduy al parecer ordenó con las resoluciones No. 002496 del 3 de septiembre de 2015 y No. 006047 del 13 de noviembre de 2015 el pago de servicios a la I.P.S. FM Maxilofacial de Córdoba S.A. por valor de $228.898.582.

Al exgobernador Alejandro Lyons Muskus, la Procuraduría le reprochó "no ejercer en debida forma su deber de vigilancia y control sobre los actos de sus delegatarios, lo que permitió que los exsecretarios expidieran los actos administrativos para el pago de los servicios de salud por valor de $3.054.389.734 sin que existiera relación contractual".

La presunta falta de los investigados fue calificada de manera provisional como gravísima a título de culpa gravísima. 

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