Pagaron para comprar casa y no les dan ni vivienda ni la plata: ¿otra “pirámide”?
Afectados aseguran que cancelaron entre 30 y 100 millones de pesos.
Afectados aseguran que cancelaron entre 30 y 100 millones de pesos.
Jorge Mariano Rodríguez
Después de cancelar millonarias sumas de dineros para tramitar la adquisición de viviendas, a través de la empresa Global Brokers Asociados S.A., un grupo de personas se encuentra en la más absoluta incertidumbre porque, a pesar que han transcurridos los plazos máximos establecidos, no han recibido los inmuebles ni mucho menos la devolución del dinero.
En esta situación se encuentran personas que pagaron entre 30 y 100 millones de pesos para adquirir derechos de propiedad, para lo cual recurrieron a Global Brockers Asociados S.A., empresa que según su página WEB “se encuentra especializada en los portafolios de servicios de bienes raíces ofreciendo oportunidades de inversión inmobiliaria en el mercado actual por la vía de cesión de derechos de crédito o Negociaciones con deudores hipoteca”.
Como los dineros han sido captados por dicha compañía en varios términos de tiempo y ésta no les responde ni por las casas ni por los recursos, los afectados no han vacilado en señalar que podríamos estar frente a un nuevo y grave caso de “pirámide predial”.
Para la devolución de los dineros no han valido los requerimientos hechos ante la misma empresa, ni las acciones de tutelas interpuestas en diferentes Juzgados de Barranquilla. Lo grave del caso es que muchas de estas personas, para completar el valor pagado a la empresa, tuvieron que recurrir a los famosos “cobra-diarios”, lo cual les ha acarreado múltiples inconvenientes.
Un primer caso es el de Luis Ernesto Rodríguez Urrea, interesado en la adquisición del inmueble que se encontraba en litigio en el Juzgado 11 Civil Municipal de Barranquilla, ubicado en la calle 26 No. 10-26, para lo cual suscribió el “contrato de gestión o mandato No. BQ 651”, el 18 de diciembre de 2013.
Para protocolizar el compromiso, Rodríguez Urrea canceló el mismo día la suma de 32 millones de pesos, según comprobante de ingreso BQ No. 1631, recibidos por Global Brockers Asociados S.A. De acuerdo con el contrato, el plazo máximo para la cesión del inmueble era de 180 días, lo que indicaba que a más tardar el 18 de junio de este año Luis Ernesto Rodríguez Urrea debería estar disfrutando la vivienda.
Sin embargo, hasta la fecha el incumplimiento ha sido total, ante lo cual, el 6 de agosto de este año, solicitó la devolución del dinero, “con sus respectivos intereses corrientes, liquidados a la tasa máxima legal corriente certificada por la Superintendencia Financiera hasta el momento de su desembolso”.
Argumenta que el plazo “se encuentra más que vencido sin que la empresa ofrezca resultado alguno sobre sus compromisos adquiridos. Tal situación me ha generado grandes pérdidas en mi capacidad adquisitiva y patrimonial, toda vez que me encuentro cancelando dos cánones de arriendo por todas aquellas personas que eventualmente ocuparíamos el predio mencionado. Así mismo, el pago de aquellos saldos en los que debí incurrir para completar la suma requerida”.
Frente a la recurrente negativa de Global Brokers Asociados S.A. para la devolución de los 32 millones de pesos, entonces interpuso una Acción de Tutela, la cual fue admitida el 25 de septiembre de este año por el Juzgado Primero Civil Municipal.
Fue así como el 1º. de octubre, el Representante Legal de la empresa, Vedel Antonio Bonett García le comunicó que “la fecha de programación para la devolución de la suma de 32 millones de pesos, se realizará el día 12 de diciembre a partir de las 5:00 p.m.”, es decir, el pasado viernes y casi un año después de suscrito el contrato, lo cual tampoco se cumplió. (Ver documento)
Para el afectado, la respuesta de la empresa fue producto de la notificación que le hiciese el Juzgado sobre la Tutela impetrada.
Por todo esto, Luis Ernesto Rodríguez vive un verdadero drama porque “ya debo más de 8 millones de pesos, representados estos dineros adeudados a terceros y cuotas de arriendo acumuladas, por lo que inminentemente deberé entregar el inmueble en el que resido junto a mi familia”, según le relató al Juez de Tutela.
La misma situación ha ocurrido con Samuel Antonio Zapata Cervantes, quien suscribió el “contrato de gestión de mandato BQ 780”, para la adquisición del inmueble localizado en la Carrera 4ª No. 41B-90, para lo cual le pagó a Global Brockers Asociados S.A., la suma de 77 millones de pesos, el 16 de junio de este año.
En su caso, la empresa tampoco le ha dado respuesta, pese a que también ha tenido que recurrir a la Acción de Tutela, fallada a su favor el 3 de octubre de este año por la Juez 14 Civil Municipal de Barranquilla, Carmen Beatriz Barros Lemus. (Ver documento)
Idéntica situación ha sucedido con Julio César Leal Suárez, quien suscribió el “contrato de gestión o mandato BQ 195”, el 23 de abril de este año, para la adquisición de una vivienda ubicada en la Urbanización Los Robles, en el Municipio de Soledad, para lo cual le pagó a Global Brockers Asociados S.A., la suma de 36 millones de pesos.
Ante el incumplimiento en la entrega de la vivienda y el requerimiento para la devolución del dinero, se le aseguró que la entrega del mismo se haría a partir de las 4 de la tarde del 15 de agosto de este año, lo cual tampoco se hizo efectivo.
En todos los casos ha operado el mismo modelo de contrato, con cláusulas bastante singulares. Por ejemplo, el plazo máximo para la cesión del inmueble es de 180 días, y “si la entidad no emite aprobación sobre la oferta presentada, finalizará el plazo indicado”. (Ver documento)
También establece una sanción equivalente a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($15.400.000), en caso de incumplimiento de la confidencialidad del contrato, por parte del interesado.
Igualmente, del valor pagado por cada uno de los interesados, se cobra directamente el 10 por ciento, por concepto de “honorarios del Profesional del Derecho” que actuará dentro de los procesos que cursen en los Juzgados de conocimiento. Y en caso que el interesado desista del contrato “sin justa causa”, deberá pagar a Global Brockers Asociados S.A., a título de indemnización, el valor equivalente al 100% de los honorarios pactados.
En caso de interés justificado para desistir el contrato y cumplido los 180 días del “plazo máximo”, la empresa tendrá 60 días hábiles más “para ofrecer una garantía o inmueble de precio equivalente”. Y si en cualquier tiempo existe imposibilidad jurídica para la consecución del mandato otorgado, la empresa tramitará nuevos contratos de cesión de derechos de crédito, compraventa o cualquier otro, que permita la declaratoria de propiedad a favor del interesado, en un plazo de 180 días.
Una vez notificado de la necesidad de cambio de garantía, la empresa tendrá un plazo de 60 días hábiles para encontrar la obligación hipotecaria o el inmueble que serviría de cambio. Si en esos 60 días no se ha encontrado un inmueble para el cambio de garantía, entonces el interesado “solicitará a Global Brockers Asociados S.A., mediante documento autenticado y presentado en las oficinas de la sociedad, el valor del presente negocio, no habiendo lugar a recibir intereses, ni reclamar sumas distintas a las establecidas”, es decir, únicamente el valor neto pagado por cada persona.
Esto significa que ninguna de las personas recibirá un solo peso de la rentabilidad generada por sus propios dineros y pagados a la compañía.
En otras palabras, actualmente los afectados que pagaron para sus viviendas, no tienen las casas, ni el dinero cancelado y al final tampoco obtendrán beneficios por los intereses causados por los millonarios recursos pagados a Global Brockers Asociados S.A., en caso que les sean devueltos sus dineros.
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