JEP rechazó sometimiento de José Miguel Narváez, condenado por crimen de Jaime Garzón
Sus aportes a la verdad no han sido suficientes, ni para las víctimas ni para esta jurisdicción, dijeron los magistrados.
La sala de apelación de la Justicia Especial para la Paz, JEP, decidió rechazar de manera definitiva el sometimiento de José Miguel Narváez, exsubdirector del DAS, condenado a 26 años de prisión por el homicidio del humorista y periodista Jaime Garzón.
Narváez asistió a tres diligencias, pero sus aportes a la verdad no han sido suficientes, ni para las víctimas ni para esta jurisdicción, señalaron los magistrados.
Asimismo no investigará su posible participación en los homicidios del político Manuel Cepeda Vargas, en la presunta participación en el secuestro de la hoy senadora de la República Piedad Córdoba y las torturas y amenazas contra la periodista Claudia Duque.
La decisión se tomó porque Narváez incumplió su compromiso de hacer aportes efectivos de verdad, en los casos por los que ha sido investigado o condenado en la justicia ordinaria.
“El señor NARVÁEZ MARTÍNEZ continuó con su actitud omisiva en los ajustes de CCCP que presentó el 13 de julio de 2020. En su segunda intervención, no hizo ninguna alusión al homicidio de Manuel Cepeda y se limitó a identificar algunas verdades que aportaría sobre el manejo del DAS y el proceso por la muerte del periodista Jaime Garzón Forero. Solo hasta el recurso de apelación, el solicitante se refirió a la investigación del crimen de lesa humanidad en contra de Manuel Cepeda, para indicar que es inocente y debe extendersele la absolución que recibió Carlos Castaño por ese delito", indicó la JEP en la providencia.
Aunque la JEP decidió no aceptar el sometimiento de Narváez, aseguró que puede ser llamado a rendir testimonio de ser requerido; pues igual podría aportar información en las investigaciones de los casos en los que presuntamente está involucrado.
Una vez más es posible constatar que su disposición para atender los requerimientos de la JEP y de las víctimas fue deficiente, evasiva y dilatoria. Los ajustes al CCCP demandados por la Sala, las víctimas y el Ministerio Público no fueron satisfechos por el señor NARVÁEZ MARTÍNEZ en ningún sentido. Hizo caso omiso de las observaciones, el procedimiento dialógico y el avance del trámite transicional, y solo reiteró las generalidades que componían su primera intervención", manifestó la Jurisdicción.
De esta manera, la Sección de Apelación rechazó el sometimiento de Narváez y el trámite de las investigaciones continuará en la justicia ordinaria.