Casas caídas en el sector de Campo Alegre.
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Urbanizadora, Distrito y constructores deben responder por Campo Alegre: Juez

Ante el Tribunal Administrativo el Distrito apelará el fallo de primera instancia.

El Juez 11 Administrativo del Circuito de Barranquilla, Huberlando Pelaez Núñez, condenó solidariamente al Distrito de Barranquilla, a la urbanizadora y a los constructores, por los perjuicios causados en las viviendas de Campo Alegre.

Además del Distrito de Barranquilla, el fallo cobija a la Urbanizadora Parrish & Cía  Ltda y las constructoras ACH Ingenieros Constructores SAS (antes Alejandro Char & Cía Ingenieros Constructores), Construcciones Marval S.A., Cadena Fawcet, Urbe Inversiones, Pidsa S.A., Metrópolis S.A., Finviconstrucciones Ltda y Proyectos Barranquilla.

De acuerdo con el fallo, deberán pagar a los propietarios afectados de Campo Alegre los perjuicios materiales que se establecerán luego de un incidente de liquidación de perjuicios una vez ejecutoriada la sentencia, con el siguiente porcentaje: constructoras (60%), Parrish & Cia Ltda (25%) y Distrito (15%).

Igualmente los condena solidariamente a pagar a los propietarios de inmuebles afectados el equivalente a 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por concepto de perjuicios inmateriales.

El apoderado de las familias afectadas en la Acción de Grupo, Roberto Tapia Ahumada, señaló que inicialmente la demanda estaba dirigida contra el Distrito de Barranquilla y la Urbanizadora Parrish S.A, la primera por haber entregado los permisos para urbanizar, relotear y vender los terrenos que desde el año 1997 se había dicho, por parte de Ingeominas en un estudio contratado por el mismo Distrito, que esas tierras de Campo Alegre, si bien era posible construir en ellas, se debía desalentar las construcciones por cuanto se requerían estudios profundos que aumentarían los costos de venta de esos lotes para poder ser vendidos. Y la segunda, Parrish S.A., por haberlas urbanizado a sabiendas de lo que Ingeominas había dicho en el estudio señalado.

Las constructoras fueron vinculadas al proceso en el año 2010 y según Tapia Ahumada, “ahí comenzó la dilación, ya que cada vez que el juez profería un auto o decisión, por insignificante o irrelevante de fuera, todos los abogados de los accionados, presentaban recursos ante el Tribunal que hacían demorado el trámite de este proceso. Además de las dilaciones inexplicables por parte de los abogados del Distrito y las constructoras, este proceso se vio dilatado, por los abogados de propietarios de Campo Alegre quienes nunca pudieron entender que solamente podía existir una sola acción de grupo por cuanto las afectaciones a todos los propietarios era la misma”.

Por su parte, el Jefe de la Oficina Jurídica del Distrito, Jorge Padilla Sundheim, dijo que los deslizamientos en la ladera de Campo Alegre es un tema relevante “que venimos asumiendo como ciudad. Hemos comprado inmuebles, pagado arrendamientos y realizado inversiones cuantiosas para detener los deslizamientos y con el Invías se logró la reconstrucción de la carrera 38 en ese sector de la ladera”.

“Este es un tema desafortunado que haya sucedido y la gente de ese sector ha contado con nuestra solidaridad y seguirá contando con ella de la ciudad y del Alcalde Alejandro Char, que está muy pendiente de todo lo que sucede en la ladera de Campo Alegre”.

En cuanto a la Acción de Grupo precisó que el fallo de primera instancia será apelado ante el Tribunal Administrativo del Atlántico, una vez se produzca la notificación.

“Buscaremos aclarar todos los puntos. Se trata de un fallo en abstracto, es decir, plantea una responsabilidad de los constructores, la urbanizadora y del Distrito de Barranquilla, pero no establece ninguna cuantía. Es una forma posible que tienen los fallos judiciales, que se plantea en abstracto y luego se hace una liquidación cuando el fallo esté debidamente ejecutoriado”, puntualizó.

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