Grupo de uniformados de la Policía Nacional.
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Tribunal de Bogotá frustra a la Policía contrato para compra de biblias

Iban a ser distribuidas en los comandos de la institución en el país.

Mediante un fallo de tutela, magistrados del Tribunal Superior de Bogotá ratificaron una decisión inicial del juzgado 15 laboral, que frenó a la Policía Nacional ejecutar un contrato para la compra de un lote de biblias.

En total se iban a adquirir 720 biblias para la Capellanía General de la Institución, que a su vez las distribuiría en las 64 capillas que funcionan en los 32 departamentos de Policía del país.

El conjunto de las biblias tiene un costo de 36 millones de pesos, e iba a ser adquirido por la Policía mediante el proceso contractual de mínima cuantía, a través de la página de compras del Estado.

La acción de tutela que frustró la compra fue interpuesta por la Asociación de Ateos de Bogotá, que argumentó la protección del derecho a la libertad de culto y libre desarrollo de la personalidad.

Sostuvo también la entidad que la biblia es un libro de la religión cristiana, por lo que su compra por el Estado implica una violación al deber de neutralidad ante todas las religiones.

“Genera, por lo tanto, una violación directa al artículo 19 de la Constitución Nacional", sostiene el accionante.

Otro argumento es que la Policía Nacional discrimina en el proceso de contratación, "pues se están utilizando los recursos públicos para la compra de libros religiosos".

Por su parte la Policía había respondido a la tutela de que "el Estado no es ateo”.

También señaló que no es “agnóstico o indiferente ante los sentimientos religiosos de los colombianos”.

Sostuvo igualmente que la dirección Administrativa y financiera de la Policía Nacional "reconoce que Colombia es un Estado laico y pluralista, fundado en la libertad religiosa y la igualdad".

Sin embargo, se tomó la decisión de adquirir los ejemplares del libro sagrado, teniendo en cuenta las condiciones de convivencia en paz en las que las entidades religiosas tienen mucha intervención.

En el fallo de primera instancia el juzgado consideró que el Estado colombiano es un estado laico que debe proteger en igualdad de condiciones todas las religiones que se profesan en el país, sin tomar partido a favor de una de estas y mucho menos invertir recursos para la promoción de las creencias o símbolos de alguna de ellas.

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