Telarañas en postes de Barranquilla.
Telarañas en postes de Barranquilla.
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Tribunal confirmó fallo para que retiren 'telarañas' de cables y vallas en espacio público

También deberán ser retiradas las cabinas telefónicas en desuso.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo resolvió confirmar el fallo de primera instancia del Juzgado Tercero Administrativo de Barranquilla que ordenó al Distrito retirar de inmediato las vallas publicitarias, 'telarañas' y cabinas telefónicas en desuso para amparar los derechos de un ambiente sano.

La acción popular fue presentada por el arquitecto Orlando Manjarrez Sánchez y el fallo de primera instancia fue proferido el 30 de junio del año pasado.

Esto a raíz de que en los sectores  de la carrera 53 con calle 98, carrera 51B con calle 98, carrera 51B con calle 96, carrera 51B con calles 92 y 91, carrera 51B entre calles 84 y 85, calle 84 con carrera 51B se encuentran vallas publicitarias que están ubicadas en la zona de tránsito peatonal, obstaculizando y reduciendo el espacio para la normal circulación.

Además, que en la en la calle 40 entre carreras 44 y 45, en la carrera 45 con calle 40, se encuentran estructuras de hierro correspondientes a cabinas telefónicas de 1.50 metros, que hace más de 15 años se encuentran en desuso.

Igualmente, señaló que en varias direcciones de Barranquilla hay "rollos de cables de telecomunicaciones" que dan un mal aspecto vial y también representan un riesgo para los transeúntes, teniendo en cuenta los estados de los postes.}

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En el fallo se identificó que el Distrito no realizó el control necesario para el cableado de las empresas de comunicación, que también debe ser removido, así como las cabinas telefónicas que no funcionan hace 15 años.

En esa misma línea, se ordenó a la empresa Air-e el retiro o reparación de los postes que se encuentren en mal estado.

Aunque la Alcaldía de Barranquilla alegó que el cableado es de empresas de telecomunicación que han hecho caso omiso a las normativas, el Tribunal consideró "no le cabe duda a la Sala en cuanto a la  obligatoriedad inclusive constitucional que le asiste los entes territoriales de velar por la correcta destinación y utilización del espacio público, en los distintos ámbitos de uso u ocupación que en este pueda emplearse".

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