La recomendación es llegar bien temprano.
La recomendación es llegar bien temprano.
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Jairo Cassiani

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Tránsito Distrital establece medidas para clausura de Juegos Centroamericanos

Por seguridad no se habilitará el parqueadero del Estadio Metropolitano para vehículos particulares.

La Alcaldía de Barranquilla, a través de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, estableció las medidas para garantizar la seguridad y la movilidad a los asistentes el viernes 3 de agosto a la Clausura de los XXIII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe, en el Estadio Metropolitano.

La dependencia de Tránsito solicita a los asistentes no llevar vehículos particulares, ya que el parqueadero del Estadio Metropolitano por seguridad no estará habilitado.

"Para garantizar la movilidad y seguridad dispondremos de 94 orientadores y 104 Policía de Tránsito en la Circunvalar y en los alrededores del estadio para el control y regulación vial de todos los asistentes", indicó la Secretaría de Tránsito.

Estas son las medidas:

1. Prohibición de operación de ascenso y descenso de pasajeros 

Se establece la prohibición para realizar operaciones de ascenso y descenso de pasajeros del servicio de transporte público colectivo de pasajeros e individual tipo taxi, en el horario comprendido entre las 3:00 p.m. y las 11:00 p.m., en las siguientes zonas:

·         Avenida Circunvalar entre las calles 45 (Murillo) y 46 en ambos costados.
·         Calle 45 (Murillo) entre carrera 1 - Avenida Las Torres  y Circunvalar.

La zona autorizada para realizar las operaciones de ascenso y descenso de transporte público colectivo e individual (taxis), será la vía de servicio paralela a la Circunvalar (costado norte) entre la Calle 46 y el Mega Colegio Germán Vargas Cantillo (Sector Las Cayenas).

2. Zonas de circulación peatonal 

Se dispone utilizar como vías peatonales, prohibiendo el tráfico vehicular en el horario comprendido entre las 3:00 p.m. y las 11:00 p.m., en las siguientes zonas:

·         Calle 46 entre la Circunvalar y la Carrera 1E.
·         Carrera 1 (Avenida Las Torres) entre la Calle 45 (Murillo) y Calle 46F.
·         Carril mixto sentido norte - sur de la Calle 45 (Murillo) entre la carrera 1E y Circunvalar.

Los carriles de uso exclusivo del Sistema de Transporte Masivo continuarán habilitados para el uso de los buses de Transmetro, así mismo el carril mixto sentido sur – norte continuará habitado para el uso de vehículos particulares.

3. Prohibición de estacionamiento 

Se dará aplicación a la regulación de estacionamiento contenida en el Decreto Distrital No. 0204 del 5 de septiembre de 2014 “Por medio del cual se regula el estacionamiento de vehículos en vías del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla”, el cual podrá ser consultado en la página web de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial:  http://www.barranquilla.gov.co/transito/, por lo cual no se podrán estacionar sobre andenes, zonas verdes o sobre cualquier espacio público destinado a peatones, recreación o conservación.

Se prohíbe el estacionamiento de todo tipo de vehículos en el horario comprendido entre las 3:00 p.m. y las 11:00 p.m, en la zona que comprende los alrededores del estadio Metropolitano, específicamente los siguientes tramos viales:

·         Calle 46 entre la Circunvalar y la Carrera 1E.

·         Carrera 1 (Avenida Las Torres) entre la Calle 45 (Murillo) y Calle 46F.

·         Calle 45 (Murillo) entre la Carrera 1E y Circunvalar.

·         Vía Circunvalar entre Calle 45 (Murillo) y Calle 46.

Las siguientes vías se utilizarán como rutas de desvíos:

·         Carrera 4 entre la Calle 45 (Murillo) y la Calle 49.

·         Carrera 1E entre la Calle 45 (Murillo) y la Calle 49.

·         Calle 49 entre la Carrera 4 y la Avenida Circunvalar.

El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.2 estacionar un vehículo en sitios prohibidos, será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes.  Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010.

4. Prohibición de circulación de vehículos pesados superiores a 5 toneladas y realización de actividades de cargue y descargue. 

Se prohíbe la circulación de vehículos pesados superior a 5 toneladas y la realización de actividades de cargue y descargue, en el horario comprendido entre las 3:00 p.m. y 11:00 p.m., en la zona contenida por los siguientes tramos viales:

·         Circunvalar desde la Carrera 46 hasta la calle 30.

·         Calle 49 desde la Circunvalar hasta la Carrera 4.

·         Carrera 4 desde la Calle 49 hasta la Calle 45 (Murillo).

·         Calle 45 (Murillo) desde la Carrera 4 hasta la Circunvalar.

Las personas que cuentan con permiso especial para circulación de vehículos pesados y/o realizar actividades de cargue y descargue, expedido por la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial, no podrán hacer uso de éste en la zona descrita anteriormente durante la vigencia de la restricción.

El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada B.19 realizar el cargue y descargue de un vehículo en sitios y horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes.  Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010.

5. Prohibición de motocicletas, motocarros, cuatrimotos y mototriciclos 

Se prohíbe la circulación de motocicletas, motocarros, cuatrimotos y mototriciclos en el horario comprendido entre las 3:00 p.m. y 11:00 p.m., en la zona contenida por los siguientes tramos viales.

·         Calle 45 (Murillo), desde la Carrera 2E hasta la Circunvalar.

·         Circunvalar desde la Calle 45 (Murillo) hasta la Calle 47.

·         Calle 47 desde la Circunvalar hasta la Carrera 2E.

·         Carrera 2E desde la Calle 47 hasta la Calle 45 (Murillo)

Las personas que cuentan con permiso especial para circular en moto, expedido por la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial,NO podrán hacer uso de éste para circular por la zona descrita anteriormente durante la vigencia de la restricción.

6. Cambios de sentidos de circulación vial 

El viernes 3 de agosto de 2018, se realizará el cambio de sentido vial temporal, para la carrera 1E desde la Calle 45 (Murillo) hasta la Calle 49, la cual quedará en sentido oriente  - occidente (desde Murillo hacia Calle 49), en el horario comprendido entre las 3:00 p.m. y las 11:00 p.m.

Entre las recomendaciones de la Secretaría de Tránsito están llegar temprano y así evitar congestiones y preferir el transporte público al particular.

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