La prohibición del parrillero es permanente en el norte de Barranquilla.
La prohibición del parrillero es permanente en el norte de Barranquilla.
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Se mantiene prohibición del parrillero hombre en el norte de Barranquilla

La medida aplica las 24 horas del día y los 7 días de la semana.

El  alcalde Alex Char firmó el decreto 0021 del 2024, el cual mantiene las restricciones de parrillero hombre en el norte de Barranquilla. 

“Está prohibida la circulación de parrilleros hombres en moto en el cuadrante comprendido entre las carreras 38 y 65, y entre las calles 72 hasta la avenida Circunvalar”, precisó la Alcaldía.

La medida aplica las 24 horas del día y los 7 días de la semana. Tampoco podrán circular parrillero o acompañantes hombres en motocarros, cuatrimotos y mototriciclos. 

Se exceptúan de estas restricciones a los miembros de la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial, organismos de tránsito y transporte y organismos de socorro.

De igual manera, los escoltas de funcionarios del orden nacional, departamental, distrital y municipal, así como supervisores de vigilancia privada, debidamente identificados y uniformados, y cuyo vehículo porte el logo o emblema correspondiente.

“Estas medidas permiten una convivencia tranquila. Es importante reforzar los controles por parte de las autoridades para garantizar una acción más efectiva y una intervención en la búsqueda de una reducción en las conductas delictivas, lo que representaría una mejor percepción de seguridad para la ciudadanía”, expresó el jefe de la Oficina de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Distrito,  Yesid Turbay.

El decreto contempla sanciones para quienes incumplan las prohibiciones, las cuales son de quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) y la inmovilización del vehículo.

Suspensión de permisos

La medida suspende la vigencia de los permisos otorgados para circular con parrillero del sexo masculino en el territorio, mientras se encuentre vigente la medida en la zona delimitada en el artículo 1° del citado decreto.

“Le corresponde a la autoridad seccional de Tránsito y Transporte de la Policía Metropolitana ejercer la vigilancia y control sobre las medidas decretadas y pondrán el vehículo inmovilizado a disposición de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial”, precisó el Distrito. 

 

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