Sancionan a contratista, tras quedarse con plata para construir 225 viviendas para damnificados
El daño patrimonial deberá ser resarcido por la Corporación Colombiana de Investigaciones Ambientales y Estudios Sociales (Colinam).
La Corporación Colombiana de Investigaciones Ambientales y Estudios Sociales (Colinam) deberá resarcir con el pago de $1.174 millones de pesos el daño que causó al Estado al apropiarse y manejar indebidamente un anticipo de $919 millones, con recursos de regalías, que le dio en 2009 la Alcaldía de Calamar (Bolívar) para construir y mejorar viviendas de interés social que tenían como beneficiarios a damnificados de la ola invernal de 2007.
Así lo establece un fallo con responsabilidad fiscal de la Contraloría General de la República, de carácter definitivo,
"La actuación de este contratista, que ha estado involucrado en casos similares de incumplimiento en otros municipios del departamento de Bolívar, como en San Pablo (en los años 2011 y 2012), afectó a 225 familias, que resultaron doblemente perjudicadas, primero por la ola invernal y luego por el incumplimiento en la construcción de viviendas de interés social con las cuales se iban a mejorar sus condiciones tras el desastre ambiental", se lee en un comunicado del ente de control.
A través de la Dirección de Juicios Fiscales, el organismo de control dejó en firme un fallo de responsabilidad fiscal contra la Corporación proferido por la Gerencia Departamental Colegiada de Bolívar por este este caso, y determinó que la cifra del daño patrimonial, con el ajuste por inflación, corresponde a $1.174 millones.
Mínima ejecución
Las irregularidades se dieron la ejecución del contrato de obra No. 001 de 2009, por un valor total de $3.770 millones, suscrito por la administración municipal de Calamar con la Corporación Colombiana de Investigaciones Ambientales y Estudios Sociales – Colinam.
El contrato financiado con recursos provenientes en más del 80% del Sistema General de Regalías, tenía por objeto la construcción de 225 viviendas de interés social rural y mejoramiento de 71 viviendas de interés social – VIS, para damnificados de la ola invernal, en los corregimientos de Hato Viejo, El Yucal y Barranca Nueva, del municipio de Calamar.
Como ha sucedido en casos sonados como el llamado “carrusel de la contratación” y se ha dado en otros más, a lo largo del país, el contratista Colinam, pese a contar con un anticipo del 30% para dar inicio a las obras, no solo incumplió el objeto contractual, pues apenas ejecutó una parte mínima de las mismas, y eso con condiciones técnicas y de calidad deficientes, sino que se quedó con buena parte de los recursos que recibió.
El contratista recibió un anticipo equivalente a $934 millones, con la obligación de entregar el 40% de las obras, sin embargo, al vencimiento del plazo de ejecución del contrato, las obras solo presentaron un avance del 13.3%.
Según la Contraloría, de las 225 viviendas de interés social que debía construir. el contratista sólo intervino 43, de las cuales no todas estaban en condiciones técnicas viables para ser habitadas; otras incluso fueron terminadas por los beneficiarios del proyecto.
Y de los 71 mejoramientos, solo se intervinieron 5 y, la fecha de inicio de las investigaciones, de esas 5 solo se logró entregar un mejoramiento de vivienda.
Uso indebido del anticipo
"A pesar de los requerimientos efectuados tanto por la interventoría como por el municipio de Calamar, para que el contratista cumpliera con el objeto contractual, este uso indebidamente el anticipo y no invirtió los recursos entregados", recalca la entidad.
Claramente el avance en obra no fue coherente con los recursos públicos que la administración municipal entregó al contratista, en calidad de anticipo.
Por este incumplimiento, la alcaldía del municipio de Calamar (Bolívar, declaró la caducidad del contrato de obra civil, al contratista Corporación Colombiana de Investigaciones Ambientales y Estudios Sociales (Colinam), con fundamento en el informe de interventoría que dio cuenta de la inejecución del contrato.
Un contratista incumplido e inoperante
Durante el Proceso de Responsabilidad Fiscal, se tuvo como elemento para la demostración del daño, los actos administrativos mediante los cuales se impusieron multas al contratista, así como las actas de reuniones entre la alcaldía municipal, la interventoría y el contratista.
En estos soportes documentales se da cuenta del incumplimiento e inoperancia del contratista e incluso en algunas de las actas de reunión se señala:
“…la falta de ejecución de las obras debido a dificultades económicas propias y a las condiciones invernales”; situación que era injustificable, toda vez que contaba con recursos públicos girados como anticipo para la consecución de las obras, lo que evidencia una inadecuada inversión de los recursos públicos.
Es así como, en el fallo con responsabilidad fiscal, la Contraloría General de la República califica a título de culpa grave la conducta del contratista, determinando que este no fue diligente en el cumplimiento de los deberes contractuales.
Y dice que “a pesar de las oportunidades que le otorgó la administración para la plena ejecución de las obras, sin justificación válida incumplió con la finalidad para la que se entregaron los recursos, los cuales tampoco retornó”.