Margarita Cabello, Procuradora General de la Nación
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Procuraduría General de la Nación

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Procuradora General pide a la Corte tumbar la Ley de ‘Paz total’

Parte de la norma no fue estudiada en “estricto sentido” , según concepto que envió a la alta corporación.

La Procuradora General de la República, Margarita Cabello Blanco, envió un concepto a la Corte Constitucional para tumbar varios artículos de la llamada Ley de Paz Total (2272 de 2022) del Gobierno Nacional por lo que considera vicios de trámite.

En ese sentido, indicó que los congresistas no tuvieron la oportunidad de desarrollar los debates de manera informada ante la ausencia de insumos técnicos, en especial, por no contar con el concepto del Consejo Superior de Política Criminal.

La jefa del Ministerio Público conceptuó en un documento de 13 páginas que “el trámite de la norma vulneró el principio de consecutividad, que exige que los proyectos de ley se tramiten en cuatro debates de manera sucesiva en las comisiones y en las plenarias de las cámaras”.

Se llama la atención –declaró- sobre el hecho de que el vicio originado por la ausencia del concepto del Consejo Superior de Política Criminal durante la deliberación de las cámaras constituye un yerro que no solo afecta a las disposiciones acusadas, sino que se proyecta sobre todo el articulado de la Ley 2272 de 2022, en tanto sus disposiciones están orientadas a la seguridad y el orden público y, por lo tanto, se encuentran asociadas a la política criminal del Estado cuya discusión parlamentaria debió estar informada por dicho dictamen.

En ese mismo concepto señaló que el trámite de la norma vulneró el principio de consecutividad, que exige que los proyectos de ley se trmiten en cuatro debates de manera sucesiva en las comisiones y en las plenarias de las cámaras.

Varias disposiciones de la norma no fueron estudiadas en estricto sentido por las comisiones primeras constitucionales permanentes, porque fueron propuestas solo hasta las deliberaciones ante las plenarias, añadió.

En este punto, citó por ejemplo la creación de una instancia de alto nivel del Gobierno Nacional para el estudio, caracterización y calificación de las estructuras armadas de crimen de alto impacto.

A lo anterior agregó que ocurrió lo mismo con la calificación de los grupos armados ilegales conformados por personas que integraron organizaciones desmovilizadas al margen de la ley y la reconciliación con la naturaleza como una medida de reparación, que fueron incorporadas por proposiciones presentadas en el último debate, surtido en la plenaria de la Cámara de Representantes.

Se llama la atención sobre el hecho de que el vicio originado por la ausencia del concepto del Consejo Superior de Política Criminal durante la deliberación de las cámaras constituye un yerro que no solo afecta a las disposiciones acusadas, sino que se proyecta sobre todo el articulado de la Ley 2272 de 2022, en tanto sus disposiciones están orientadas a la seguridad y el orden público y, por lo tanto, se encuentran asociadas a la política criminal del Estado cuya discusión parlamentaria debió estar informada por dicho dictamen”, dijo.

La Procuradora se refirió además a la regulación de las denominadas ‘estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto’, sobre la que señaló que “las referencias en la norma a esas agrupaciones contienen una regulación indeterminada e imprecisa, pues podrían obtener prebendas propias de la justicia transicional a pesar de no se parte del conflicto armado, como se exige en el artículo 66 transitorio de la Constitución Política”.

Agregó que si bien el Ministerio Público “reconoce el deber del Estado de propender por la finalización de la violencia en el país y, por ende, es consciente de la importancia que pueden llegar a tener las negociaciones como mecanismos para lograr dicho objetivo, lo cierto es que las políticas y planes que se propongan con tal propósito deben ser claros y precisos a efectos de que no haya duda de su consonancia con las disposiciones constitucionales”.

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