Los racionamientos no deben afectar a quienes estén al día en sus pagos.
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Electricaribe

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Morosos particulares y públicos, primeros en la lista de racionamientos en la Costa

A ellos no les aplicarán interrupciones sino suspensión del servicio de energía.

La anunciada limitación de energía, por parte de la empresa XM a Electricaribe, a partir de este miércoles, pone a los morosos particulares y públicos como los primeros en la lista a quienes les aplicarían cortes para reducir la demanda en la misma proporción en que sea limitada la energía.

Solo de esta manera la empresa garantizaría que un racionamiento general no afecte, dentro de un mismo circuito, a usuarios que se encuentren al día o tengan el servicio a través de otro operador.

Para el experto en temas eléctricos, Carlos Diago Abello, el racionamiento no se podría aplicar a nivel de red de distribución, para no cometer injusticias. “Electricaribe debe reducir su demanda en lo que son morosos, incluyendo los entes oficiales que sean susceptibles de suspensión del servicio”, comentó Diago Abello.

En el caso de los barrios subnormales tampoco se podría cometer el error de un racionamiento general que afecte a usuarios que se encuentren al día.

Afirmó que el procedimiento emprendido por XM es legal y está regulado por la CREG, “con el propósito de proteger el sistema, preservar todo el conjunto del sector eléctrico y evitar un efecto dominó”.

Por ello, insistió en que Electricaribe debe organizar la suspensión del servicio, para no afectar a usuarios que, residiendo en una misma edificación, cuentan con diferentes comercializadoras de energía. Igualmente, para no afectar bienes protegidos por la Constitución, debido a la esencia del servicio público que prestan.

En este sentido, el llamado que hizo la empresa XM sobre la opción que tienen los usuarios de pasarse a otro operador, en la práctica tampoco les afectaría, pese a que el dueño de las redes siga siendo Electricaribe.

Para el también experto en el tema, César Lorduy Maldonado, el asunto es el típico caso de una empresa privada le quita la energía a otra empresa privada que es dueña de unas redes que no pueden ser usadas por nadie diferente.

“En medio de esa pelea, están los usuarios que independiente de que estén a paz y salvo les podrán interrumpir el servicio de energía y otros que no pagan, algunos están protegidos legalmente y a otros no hay manera técnica ni tampoco legal de cortarle la energía o de exigirles su pago. Esos usuarios que deben ser protegidos o defendidos por el Ministerio de Minas, se encuentran desamparados”, aseguró.

“La Superintendencia de Servicios Públicos, por su parte, ha hecho los análisis y evaluaciones pero no toma medidas y las que puede tomar se siguen tardando. La única explicación para esto último, es que no sabe cuál es el impacto de las mismas o no tiene quien haga el trabajo si llega a intervenir. En esos términos y de acuerdo con las comunicaciones oficiales la Superintendencia, el Ministro y otros dicen que no nos quitaran la energía, pero el dueño de la misma oficialmente dice que si lo hará”, expresó el dirigente gremial”.

A los racionamientos propiamente dichos, se suma otro, como es el 'fantasma' de la intervención.

A juicio de Carlos Diago Abello, la intervención “es el cebo que tira Gas Natural Fenosa para que alguien lo pique. La tentación de la intervención es grande, pero mas que eso el problema es el incumplimiento del Estado de la Ley 43 que él mismo propició. Los entes territoriales deben ser obligados a pagar el servicio y que los alcaldes y gobernadores no presionen indebidamente a la Superintendencia de Servicios para hacer algo incorrecto. Ellos deben pagar”.

En el caso del sector oficial, Diago Abello exigió el cumplimiento del artículo 49 de la Ley 143 de 1994 (Ley Eléctrica), que señala: “La Nación, las demás entidades territoriales, las entidades descentralizadas de aquella y éstas, así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas u órganos que integran la estructura del Estado, en todos los órdenes y niveles, incorporarán en sus respectivos presupuestos apropiaciones suficientes para satisfacer las obligaciones económicas contraídas por el uso del servicio público de electricidad, las cuales se deberán cancelar en las fechas en que se hagan exigibles.

“Es deber del Contralor General de la República y de los contralores departamentales y municipales, según el caso, cerciorarse de que los funcionarios que tienen la responsabilidad de preparar los proyectos de presupuesto, de ejecutar las apropiaciones y de cancelar las obligaciones, incorporen y realicen los pagos derivados de ellas. A quienes no lo hagan se les sancionará en la forma prevista en las normas vigentes, inclusive solicitando su destitución a la autoridad nominadora competente, sin perjuicio de las responsabilidades civil y penal que puedan corresponderles”.

En su concepto, “después que la Superintendencia intervenga no hay reversa y esto podría terminar en manos de la clase política, pudiendo ocurrir lo que sucedió con la liquidación de las Electrificadoras cuando hicieron y deshicieron”.

En esas condiciones, insistió, “nadie le va a dar la razón al Estado colombiano que incumple una Ley que él mismo propició”.

En consecuencia, recalcó, “el Presidente de la República de impartir instrucciones al Ministro de Hacienda para que este le exija a los entes territoriales que se pongan al día. En sana lógica primer hay que recoger la cartera y cancelar los subsidios de los estratos subnormales y después capitalizar”.

Una primera limitación de energía fue conjurada el 28 de octubre cuando Electricaribe canceló 28.350 millones 527 mil 743. Pero la misma limitación quedó latente por saldos pendientes de Electricaribe por valor de 68.275 millones 115 mil 366 pesos. Por esto último la empresa XM decidió limitar la energía a Electricaribe a partir de este miércoles.

Hasta el momento la empresa Electricaribe no se ha pronunciado sobre el tema.

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