Paso de vehículo de carga
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Mintransporte

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MinTransporte levanta la restricción de carga en 6 corredores viales

Y fija excepciones para puentes festivos de octubre y noviembre.

El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Transporte levantó la restricción de carga para todo tipo de productos en seis corredores viales del país, entre ellos el tramo Barranquilla-La Ye de Ciénaga.

La medida aplica además para los corredores: Bogotá - Villavicencio – Acacías,  Bucaramanga - San Alberto, Cúcuta - Ye De Astilleros - Sardinata – Ocaña, Medellín - Santa Fe De Antioquia y Neiva - Espinal - Girardot.

 Debido al alto flujo vehicular en fechas específicas como puentes festivos, habrá excepción de la medida en toda la red nacional para automotores de carga con peso igual o superior a 3.4 toneladas) en las siguientes fechas:

Desde el viernes 13 al 16 de octubre (Día de todos los Santos), del viernes 3 de noviembre al 6 del mismo mes (Día de la Raza) y del viernes 10 al 14 de noviembre (Independencia de Cartagena).

El Ministerio de Transporte explicó que para el caso de productos como oxígeno medicinal en estado gaseoso y líquido, identificado con los números 1072 y 1073 de la Organización de Naciones Unidas, si son transportados en cilindros o en tanques criogénicos con la debida identificación exterior; y combustibles: gasolina, ACPM, biodiesel, alcohol carburante, gas licuado de petróleo, JET A1, AVGAS y gas natural comprimido, podrán ser transportados en los vehículos de carga, sin importar el porcentaje de utilización de su capacidad.

Antes de que entrara en vigencia esta nueva medida, los vehículos de carga que transportaran oxígeno medicinal en estado gaseoso y líquido debían tener por lo menos hasta el 80% de utilización para movilizarse en las vías nacionales.

De ahora en adelante, los vehículos de carga podrán desplazarse por los corredores nacionales, vacíos o llenos, siempre y cuando estén destinados al transporte exclusivo de los productos descritos anteriormente.

Lo anterior permite que una vez lleguen a su destino, puedan devolverse sin restricción alguna de porcentaje de uso.

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