Sede de Comfaguajira en Riohacha.
Sede de Comfaguajira en Riohacha.
Foto
Comfaguajira

Share:

Hasta el 4 de septiembre, Supersalud extiende la vigilancia especial en Comfaguajira

La Caja de Compensación deberá reportar mensualmente las evidencias de las acciones adelantadas en órdenes dadas por la Superintendencia.

La Superintendencia Nacional de Salud ordenó mantener hasta el próximo 4 de septiembre la medida de vigilancia especial que rige desde hace un año sobre el programa de la Entidad Promotora de Salud de la Caja de Compensación Familiar de La Guajira (Comfaguajira), para que adelante planes correctivos frente a las deficiencias que aún persisten.

A la par con esta prórroga por seis meses de la medida preventiva, la Supersalud también ordenó al representante legal de esa Caja de Compensación incrementar los esfuerzos y llevar a cabo las acciones necesarias para subsanar el incumplimiento de los indicadores administrativos, financieros, asistenciales y jurídicos a fin de garantizar la prestación de los servicios a sus 250.588 afiliados en 12 municipios de La Guajira.

En la Resolución 2110 del pasado 4 de marzo, la Superintendencia le establece a Comfaguajira nueve órdenes específicas tales como cumplir las condiciones financieras y de solvencia; adelantar las acciones necesarias para lograr la recuperación de cartera; presentar un plan detallado de pagos y su ejecución mensual de las acreencias que tiene con la red prestadora y proveedora de servicios de salud; implementar un modelo de atención en salud con enfoque diferencial para garantizar el acceso oportuno y efectivo a los servicios, e implementar la ruta integral de atención materno perinatal, entre otras.

El representante legal de Comfaguajira deberá reportar mensualmente los avances frente a cada una de las órdenes dadas mediante informes de gestión que hará llegar mientras esté vigente la medida preventiva de vigilancia especial.

Incumplimientos y deficiencias

En la evaluación a la medida de vigilancia adoptada en marzo de 2020, la Supersalud encontró que el programa de salud de Comfaguajira aún incumple indicadores como el porcentaje de esquemas de vacunación en niños menores de un año, en mortalidad materna y en mortalidad en menores de 5 años por enfermedad diarreica aguda y por infección respiratoria aguda.

Adicionalmente, evidenció niveles inadecuados en la cobertura de servicios de baja, de alta complejidad y en servicios de especialidades básicas como pediatría, cirugía general, medicina interna y ginecoobstetricia.

En el seguimiento al comportamiento del programa de salud de Comfaguajira se concluyó que, al cierre de 2020, esta EPS ocupaba el puesto 21 entre las 28 entidades de salud que operan en el régimen subsidiado, por la cantidad de peticiones quejas, reclamos y denuncias (PQRD) de sus afiliados.

Fallas en citas médicas y entrega de medicamentos

El 75% de las quejas interpuestas a Supersalud durante 2020 estuvieron relacionadas con la falta de oportunidad en la asignación de citas médicas con especialista, la dificultad en la entrega de medicamentos y la demora en el reconocimiento de reembolsos.

Esa restricción en el acceso a los servicios de salud indica que Comfaguajira tiene problemas relacionados con la operatividad y disponibilidad de la red de prestación de servicios, así como en su capacidad resolutiva en los procesos de atención.

En la evaluación al tema financiero de la EPS Comfaguajira, el balance a corte de 2020 muestra condiciones operacionales con excedentes, pero persiste la baja calidad de la información y falta de integridad en los procesos de reconocimiento, medición y revelaciones contables.

En este componente, se evidencia un sobreendeudamiento que genera riesgo en las operaciones e incumplimiento de los indicadores de condiciones financieras y de solvencia al cierre de diciembre de 2020.

También se encontró falta gestión en la depuración de cuentas por pagar en los estados financieros y de cartera, toda vez que Comfaguajira no adelanta las acciones correspondientes para identificar, depurar, conciliar y pagar las obligaciones derivadas de la prestación de los servicios de salud.

Para continuar con el seguimiento estricto a la medida de vigilancia, el programa de salud deberá remitir a la Superintendencia informes periódicos y continuará bajo la supervisión del contralor designado, a fin de hacer monitoreo a la ejecución de las órdenes impartidas para superar las situaciones que dieron origen a la medida de control.

 

Más sobre este tema: