El Juez Alberto Oyaga Machado.
El Juez Alberto Oyaga Machado.
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Familia Acosta denuncia “infame persecución” del Juez en caso de la Unimetro y Hospital

Aseguran que sigue adoptando “decisiones arbitrarias” sobre hechos en los cuales la Fiscalía solicitó preclusión del proceso.

La Familia Acosta denunció ser objeto “de una infame persecución, colmada de irregularidades e ilegalidades, todas ellas en conocimiento de las autoridades judiciales y disciplinarias correspondientes”, por parte del Juez 1o. Penal Municipal con funciones de control de garantías, Alberto Oyaga Machado.

El pronunciamiento se conoció tras la decisión del Juez de imponer medida de aseguramiento consistente en detención preventiva domiciliaria al Rector de la Universidad Metropolitana, Juan José Acosta, y el Director del Hospital Metropolitano, Alberto Acosta Pérez.

En este sentido, recordaron que la propia Fiscalía General de la Nación, “al descubrir el trasfondo de la situación por la que atraviesa la Familia Acosta resolvió archivar el proceso y solicitó la preclusión a favor de ellos, habida cuenta que no hay prueba alguna que ponga en tela de juicio su inocencia”.

No obstante, el Juez Alberto Oyaga, “contrariando decisiones adoptadas por la Fiscalía y desconociendo sendas recusaciones que la defensa de Juan José Acosta Osío y Alberto Acosta Pérez presentó en contra suya, llevó a cabo una audiencia de medida de aseguramiento, a pesar que el propio organismo de investigación y acusación solicitó la preclusión de la investigación que se adelantaba contra ellos”.

“La decisión de imponer medida de aseguramiento consistente en detención domiciliaria contra Juan José Acosta Osío y Alberto Acosta Pérez, no está en firme. Es importante destacar que la propia Fiscalía General de la Nación manifestó su desacuerdo frente a la decisión arbitraria adoptada por el recusado Juez Oyaga Machado, razón por la que el delegado de esa entidad interpuso recurso de apelación. En el mismo sentido, la defensa de Acosta Osío y Acosta Pérez presentó un recurso de reposición en subsidio de apelación. Los recursos presentados por la Fiscalía General de la Nación y por la defensa, serán resueltos en audiencia que tendrá lugar el próximo viernes 30 de agosto del presente año”, precisaron.

Es de anotar que hace año y medio el Fiscal 56 Gustavo Orozco Pertuz le imputó a Acosta Osío y Acosta Pérez, los cargos de fraude procesal, concierto para delinquir, falsedad en documento personal o privado y falsedad ideológica, además, solicitó al Juez Alberto Oyaga la detención preventiva de ellos.

Luego, las audiencias para imponer la medida de aseguramiento fueron programadas, pero las sesiones eran instaladas y no terminadas, “porque se violaban los derechos fundamentales de los indiciados”.

En una primera decisión el Juez Oyaga los declaró en contumacia, “sin reunir los requisitos, solo para imponerles la medida en ausencia de ellos”.

Ante esa situación fue interpuesta una acción de tutela en la que la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla le cuestionó al Juez la declaratoria de contumacia, por lo que requirió el respeto de los derechos de los Acosta.

Igualmente, el Fiscal 56 (Gustavo Orozco Pertuz) fue recusado y el Director Seccional de Fiscalías lo apartó del caso y en su reemplazo designó a la Fiscal 58 (Dannys De la Cruz Arteta), quien en una de las audiencias le señaló al Juez cuatro aspectos por los cuales ese despacho judicial no podía seguir realizando las mismas: carencia de competencia porque el proceso lo estaba activando oficiosamente el Juez, ya que el radicado del mismo había sido anulado por el sistema de la Fiscalía General de la Nación.

El segundo aspecto señalado fue que la Fiscalía ordenó un Comité Técnico integrado por Fiscales de distintos rangos para que estudiaran el caso y establecieran si en verdad las conductas de los Acosta eran delictuosas. El Comité concluyó que las conductas eran atípicas, es decir, no son delictuosas, y archivó la investigación a favor de Juan José Acosta y Alberto Acosta Pérez, en abril de este año.

El tercer aspecto señalado fue el de que por el estado en que se encuentra el proceso la Fiscalía radicó preclusión de la investigación a favor de los Acosta. En ese sentido cuestionó el hecho de pretender imponer una medida de aseguramiento cuando la preclusión hace tránsito a cosa juzgada y termina el proceso de raíz.

Y la razón principal planteada por la Fiscal fue la de que, según la Constitución Nacional, es la única que puede ejercer la acción penal con potestad exclusiva, por lo cual desistió, renunció y retiró la medida de aseguramiento solicitada por el Fiscal 56 Gustavo Orozco Pertuz.

Sin embargo, el Juez Alberto Oyaga hizo caso omiso a las peticiones de la Fiscalía y de los defensores y continuó programando las audiencias.

Por ello, en julio de este año fue presentada una queja disciplinaria contra el Juez Oyaga Machado, por considerar que ignoró todos los argumentos de la Fiscalía y porque, además, a los jueces de control de garantías se les prohíbe actuar de oficio y él continuaba con las audiencias, no aceptó el desistimiento ni la renuncia de la medida que hizo el ente acusador.

Al mismo tiempo, el 12 de agosto de este año el Consejo Seccional de la Judicatura abrió investigación disciplinaria al Juez Alberto Oyaga, “siendo esto causal de impedimento consagrada en el numeral 11 del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal y en el artículo 91 del Código Disciplinario Único”.

Así las cosas, consideran que en el día de hoy el Juez debió declararse impedido “y a pesar que los defensores se lo hicieron ver, se negó a aceptar el impedimento. Se le propuso recusarlo y tampoco dio el uso de la palabra para que lo recusaran sino que siguió la audiencia señalando que no la aceptaba, cuando el Código Único Disciplinario establece que es falta gravísima el no declararse impedido el Juez cuando está obligado a hacerlo”.

Al final, el Juez Alberto Oyaga concluyó lo siguiente: acató la petición del Fiscal anterior (56) y no la realizada por el nuevo Fiscal (58) e impuso medida de aseguramiento preventiva en domicilio a los indiciados.

De inmediato las defensas de Juan José Acosta y Alberto Acosta Pérez interpusieron los recursos de reposición en subsidio de apelación y la Fiscalía interpuso el recurso de apelación contra la decisión del Juez Alberto Oyaga, quien, por petición de las partes, suspendió la audiencia para continuarla este viernes a las 8 de la mañana para la sustentación de los recursos.

De esta manera, “la medida de aseguramiento quedó suspendida, no se puede hacer efectiva hasta que se resuelvan los recursos. Por lo cual actualmente no media ninguna orden de captura contra ningún miembro de la Familia Acosta porque están pendientes por resolverse los recursos”.

Finalmente, hicieron un llamado a las autoridades correspondientes, “para que tomen cartas en este asunto y atiendan el reiterado llamado que ha hecho la familia Acosta para efectos de que se investiguen y sancionen las irregularidades y arbitrariedades que operadores judiciales, como el juez Alberto Oyaga, han cometido en su contra. La familia Acosta, acudirá a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para efectos de poner en conocimiento del sistema interamericano los recurrentes atropellos de que ha sido víctima, por parte de sectores corruptos de la rama jurisdiccional”.

 

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