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Referencia Fuerzas Militares.
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Estos son los beneficios de la Mesada 14 y del proyecto de bonificaciones

Por unanimidad y en último debate se llevó a cabo la aprobación del proyecto en la Cámara.

La plenaria de la Cámara de Representantes  en último debate aprobó de manera unánime el proyecto del Gobierno Nacional que busca que los integrantes de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional reciban de forma permanente el pago de la Mesada 14. 

Este es un pago que se realiza de forma anual bien sea por jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y sus beneficiarios legales en caso de fallecimiento. Aunque en 1993 existía, fue suprimida en el año 2005. El pago de esta Mesada beneficiará a más de 244 mil familias.

Según lo manifestado por el Ministerio de Hacienda este pago no estará representando costos adicionales para la Nación, el monto invertido para el pago de la Mesada 14 está cerca al billón de pesos. 

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Esta iniciativa busca mantener un estímulo por los servicios prestados en defensa de la soberanía, la independencia y la integridad territorial.

Este reconocimiento mejora la calidad de vida y el bienestar del personal militar y de la Policía Nacional que goza de asignación de retiro y/o pensión de invalidez. 

¿Quiénes son los beneficiarios de estos estímulos?

89.927 miembros de las Fuerzas Militares y sus familias, incluyendo aquellos que requieren servicios de cuidadores, quienes velan por su bienestar físico y emocional.

- 116.418 miembros de la Policía Nacional a cargo de la Caja de Sueldos de Retiro (CASUR).

- 13.889 personas a cargo de la Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva: 5.819 pensionados por invalidez y 8.070 por sustitución y sobrevivencia (familiares).

- 30.503 esposas e hijos de los policías fallecidos en servicio activo, así como uniformados pensionados por invalidez y personal no uniformado, a cargo del Área de Prestaciones Sociales de la Policía Nacional.

Este proyecto de ley hace parte del compromiso del Gobierno Nacional con la Fuerza Pública, a través del cual se mejoran los derechos, prerrogativas y estímulos en el servicio militar obligatorio, contenidos en la Ley 1861 de 2017.

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¿Cuáles son los beneficios de estos estímulos?

- Aumento de la bonificación mensual por servicio militar, la cual podrá llegar a ser hasta por el valor equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente.

- Aumento de la última bonificación a 1.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

- Aumento del 30% al 100 % en el descuento de la matrícula para ingreso a las escuelas de formación de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

- Acceso gratuito a la incorporación como soldado e infante de marina profesional en las Fuerzas Militares o como patrulleros de la Policía Nacional.

- Inclusión de los reservistas de primera clase en la ruta de promoción del empleo del Ministerio del Trabajo, siendo certificados en competencias laborales por parte del SENA, y en experiencia y desempeño por la prestación del servicio militar para el primer empleo.

- Incluye la causal de exoneración y cuota de compensación del servicio militar para miembros de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras y Rom.

- Se da la opción para que de manera voluntaria se preste el servicio militar, hasta por 12 meses más, con las mismas condiciones.

- Modernización en la ​emisión y verificación de la tarjeta de reservista por medio de la página www.libretamilitar.mil.co

- Inclusión de la causal de desacuartelamiento para aquellas mujeres que, en estado de gravidez, voluntariamente deseen no continuar con el servicio militar, otorgando protección en salud y nutrición después del parto y en casos de aborto o parto prematuro no viable.

*Con información de Presidencia de la República

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