Estas son las medidas de Tránsito durante el Carnaval 2022
Pico y placa de particulares.
La Alcaldía de Barranquilla, a través de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, implementará medidas que disminuirán la accidentalidad y facilitarán la movilidad en la ciudad durante los días de Carnaval.
“Las medidas que implementamos son para velar por la seguridad de los actores viales, reducir los índices de accidentalidad en esta época de Carnaval y prevenir congestiones en las vías", declaró Ernesto Camargo Vargas, Secretario Distrital de Tránsito y Seguridad Vial.
Y agregó: "La invitación es a todos los barranquilleros y visitantes que mantengan una conducta responsable, a cuidar su vida y la de los demás y evitar acciones que podamos lamentar. Recuerden que su familia los espera. Nuestra campaña educativa seguirá por toda la ciudad, universidades, centros comerciales, eventos de Carnaval y establecimientos de expendio de licor. Queremos que todos disfruten felices y nuestra meta es cero muertes por accidentes de tránsito en este Carnaval 2022”,
De acuerdo con las medidas, habrá pico y placa para vehículos particulares durante el Carnaval 2022.La medida restringe la circulación en toda la ciudad desde el viernes 25 de marzo a las 6:00 p.m. y hasta el lunes 28 de marzo de 2022 a las 6:00 a.m. teniendo en cuenta el último dígito del número de placa, según la siguiente programación y horario:
Según Tránsito, los vehículos que tengan restricción y los visitantes que se encuentren en tránsito por Barranquilla, podrán circular solo ese día, portando y presentando el tiquete de peajes ubicados en las vías de acceso a la ciudad, con la fecha y hora de ingreso, la cual no debe exceder un periodo de tres (3) horas.
Los conductores que tengan restricción y se encuentren en tránsito por Barranquilla y deban tomar la Avenida Circunvalar en toda su extensión, podrán hacerlo sin que se les aplique la restricción.
Sanción
El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Además, el vehículo será inmovilizado. ($ 468.589)
Excepciones
Tendrán excepción: los vehículos que conforman la “caravana presidencial”, los destinados para el uso y seguridad del Alcalde Distrital de Barranquilla y Gobernadora del Departamento del Atlántico, los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional e Instituto Nacional Penitenciario (Inoec), utilizados para el transporte de sindicados y condenados, las ambulancias, los vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos y cualquier otro dedicado exclusivamente a la atención de emergencias y atención médica o de salud, debidamente identificados, los vehículos adaptados para la conducción y transporte de personas con discapacidad, los vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, debidamente identificados, los vehículos destinados al control de tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla y de las aseguradoras que atienden siniestros y/o accidentes de tránsito, debidamente identificadas como tales, los vehículos destinados al control del sistema de transporte masivo SITM Transmetro S.A.S., debidamente identificados, los vehículos destinados a la prestación de los servicios de vigilancia privada y de escolta, debidamente identificados como tales y durante la prestación del servicio, los vehículos autorizados para el transporte de valores, los vehículos de servicio oficial y diplomáticos, los coches fúnebres, los vehículos de servicio particular destinados para el transporte escolar, debidamente habilitados para tal efecto, siempre que se encuentre prestando el servicio para el cual está habilitado, los vehículos con blindaje igual o superior al nivel tres (3), los vehículos de los medios de comunicación debidamente identificados y los vehículos destinados para el transporte exclusivo de carga y descarga, durante la prestación del respectivo servicio. Incluye los vehículos que transportan elementos estructurales para montaje de palcos.
Cambios viales temporales en la zona de influencia de la Vía 40
Se realizarán cambios viales de manera temporal a partir del sábado 26 de marzo, domingo 27 de marzo y lunes 28 de marzo de 2022, vías que normalmente son de doble sentido vial, pasarán a único sentido de circulación vial. Esto con el fin de facilitar la movilidad hacia la Vía 40:
-Carrera 64 entre Calles 79 y 80, cambia de doble sentido a único sentido oriente –occidente
-Carrera 65 entre Calles 79 y 81B, cambia de doble sentido a único sentido occidente - oriente
-Carrera 66 entre Calles 84 y 79, cambia de doble sentido a único sentido oriente –occidente
-Carrera 67 entre Calle 79 y 84, cambia de doble sentido a único sentido occidente - orien
-Carrera 68 entre Calles 79 y 84, cambia de doble sentido a único sentido oriente –occidente
-Calle 81 entre Carreras 64 y 76, cambia de doble sentido a único sentido su r- norte
-Calle 84 entre Carreras 76 y 75B, cambia de doble sentido a único sentido norte - sur
- Carrera 76 entre calles 85 y 89, cambia de doble sentido a único sentido oriente –occidente
Pico y placa de taxis se suspende desde el viernes 25 de marzo
El viernes 25 de marzo de 2022 se suspende temporalmente la medida de pico y placa para todos los taxis en la ciudad de Barranquilla
El restablecimiento del pico y placa para taxis será a partir del lunes 28 de marzo de 2022, así el lunes 28 de marzo de 2022: 7 y 8, el martes 29 de marzo de 2022: 9 y 0 y el miércoles 30 de marzo de 2022: 1 y 2.
Prohibición de circulación de todo tipo de vehículos en la zona de influencia a la Vía 40 y actividades de cargue
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos tanto los registrados en la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial, como los foráneos y actividades de cargue y descargue los días sábado 26, domingo 27 y lunes 28 de marzo de 2022, en la zona conformada por las siguientes vías:
-Vía 40 desde la calle 85 hasta la carrera 54. (Inclusive)
-Carrera 54 entre Vía 40 y calle 48. (No Inclusive)
-Calle 48 entre carrera 54 y calle 58. (No Inclusive)
-Calle 58 entre carrera 70 y carrera 67. (No Inclusive)
-Carrera 67 entre calle 58 y calle 75. (No Inclusive)
-Calle 75 entre carrera 67 y carrera 60. (No Inclusive)
-Carrera 60 entre calle 75 y calle 79. (No Inclusive)
-Calle 79 entre carrera 60 y carrera 68. (No Inclusive)
Carrera 68 entre calle 79 y calle 84. (No Inclusive)
Calle 84 entre carrera 68 y carrera 73. (No Inclusive)
Calle 82 entre carrera 73 y carrera 76. (No Inclusive)
Carrera 76 entre calle 82 y calle 85. (No Inclusive)
Calle 85 entre carrera 76 y Vía 40. (No Inclusive)
Sanciones
El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Además, el vehículo será inmovilizado ($ 468.589).
El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada B.19 Realizar el cargue y descargue de un vehículo en sitios y horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes ($249.686).
Suspensión de Permisos
Los vehículos que cuenten con permiso especial para realizar actividades de cargue y descargue en esta zona, no podrán hacer uso de él durante los días sábado 26, domingo 27 y lunes 28 de marzo de 2022.
Tendrán excepciones los vehículos destinados para el transporte exclusivo de carga y descarga de elementos estructurales para montaje de palcos, durante la prestación del respectivo servicio.
Prohibición de estacionamiento de vehículos en la zona aledaña a la Vía 40
Prohibir el estacionamiento de vehículos en vía y todo espacio público, desde las 11:00 de la noche del viernes 25 de marzo de 2022 hasta las 11:59 p.m. del martes 29 de marzo de 2022, en la zona conformada por las siguientes vías:
-Vía 40 desde la calle 85 hasta la carrera 54. (Inclusive)
-Carrera 54 entre Vía 40 y calle 48. (No Inclusive)
-Calle 48 entre carrera 54 y calle 58. (No Inclusive)
-Calle 58 entre carrera 70 y carrera 67. (No Inclusive)
-Carrera 67 entre calle 58 y calle 75. (No Inclusive)
-Calle 75 entre carrera 67 y carrera 60. (No Inclusive)
-Carrera 60 entre calle 75 y calle 79. (No Inclusive)
-Calle 79 entre carrera 60 y carrera 68. (No Inclusive)
-Carrera 68 entre calle 79 y calle 84. (No Inclusive)
-Calle 84 entre carrera 68 y carrera 73. (No Inclusive)
-Calle 82 entre carrera 73 y carrera 76. (No Inclusive)
-Carrera 76 entre calle 82 y calle 85. (No Inclusive)
-Calle 85 entre carrera 76 y Vía 40. (No Inclusive)
Sanción a conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.2 Estacionar un vehículo en sitios prohibidos, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. ($ 468.589).
Operativos pico y placa Vía 40
Desde el pasado lunes 14 de marzo de 2022 a la fecha se han impuesto un total de 168 comparendos, por la infracción codificada C.14 (Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes), equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes $ 468.589.
Campaña soy Carnaval, soy responsable
Desde el jueves 17 de marzo de 2022, iniciamos nuestra campaña educativa y preventiva 'Soy Carnaval, soy responsable . Con esta activación se busca generar conciencia sobre los riegos de manejar en estado de embriaguez y así reducir los índices de accidentalidad. A la fecha hemos llegado de forma directa a 12.000 personas y 25.000 indirectamente.