La Alcaldía de Soledad, a través del Instituto Municipal de Tránsito y Transporte, expidió el decreto 287 de 2018
La Alcaldía de Soledad, a través del Instituto Municipal de Tránsito y Transporte, expidió el decreto 287 de 2018
Foto
soledad-atlantico.gov.co

Share:

En Soledad eliminan permisos especiales para circulación de motos por vías y en horarios restringidos

Los permisos que fueron expedidos ante de este decreto quedan sin piso y se permite la circulación tras el cumplimiento de algunos requisitos.

La Alcaldía de Soledad, a través del Instituto Municipal de Tránsito y Transporte, expidió el decreto 287 de 2018, mediante el cual deroga un artículo que concedía permisos especiales a motociclistas que requerían circular por zonas y en horarios restringidos.

De acuerdo con la nueva norma, lo que se busca es estar acorde con la finalidad del decreto anti trámites, cual es suprimir o modificar trámites, procedimientos y regulaciones existentes en la Administración Pública y que resultan innecesarias.

“Teniendo en cuenta esto, hemos considerado que el decreto 288 de julio de 2017, en su artículo 10, que establecía un permiso especial para circulación, previa solicitud y  cumplimiento de una serie de requisitos, va en contravía con el decreto anti trámites y por tanto a partir de la fecha se deroga, quedando además sin efecto los permisos que se habían expedido con anterioridad”, dijo el director encargado del Tránsito, Alfredo Burgos.

Sin embargo el nuevo acto también hace modificaciones al artículo 9 del decreto  288, y en tal sentido establece unas condiciones especiales como la de permitir el tránsito de motociclistas, sin parrillero, por vías restringidas y en horarios restringidos a personal de escoltas debidamente uniformados y con carné, vigilantes y supervisores de empresas privadas debidamente uniformados, carnetizados y que el vehículo esté identificado con el logo o emblema de la empresa.

Así mismo podrán circular trabajadores de empresas o cooperativas legalmente constituidas, cuyo objeto principal sea la mensajería, notificadores, periodistas, transportadores de mercancías y de correspondencia, debidamente uniformados y carnetizados, y con el vehículo identificado con el logo o emblema de la empresa.

En el decreto 287 se termina afirmando que pueden circular por sitios restringidos, aquellas personas que residen en dichos sectores, siempre y cuando acrediten una certificación de residencia expedida por la Alcaldía y estudiantes que acrediten serlo y ser lo propietarios de la motocicleta que conduce. El decreto fue expedido el 2 de octubre y se encuentra vigente.
 

Más sobre este tema: