
Críticas a MinSalud: dijo que patria potestad de todo menor de 18 es "del Estado"
"Si hay alguna negación por parte de algún padre o madre para vacunar al niño, intercede Bienestar Familiar", agregó.
El Ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, está en el ojo del huracán después de lanzar una polémica afirmación sobre los menores de edad en el país.
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En la rueda de prensa sobre la emergencia nacional por la fiebre amarilla y la necesidad de la vacunación, el alto funcionario afirmó: "Todo niño, niña o adolescente, todos los menores de 18 años… la patria potestad es del Estado".
"Si hay alguna negación por parte de algún padre o madre para vacunar al niño, intercede Bienestar Familiar (Icbf)", agregó.
La declaración generó una polémica nacional y una 'lluvia' de críticas contra el Ministro de Salud.
"Es gravísimo lo que dijo, la patria potestad en Colombia es solo de los padres, según el Código Civil. La afirmación del ministro no solo es falsa sino peligrosamente autoritaria", indicó la exdirectora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cristina Plazas.
"Sería grave que este Gobierno hiciera una reforma de la Constitución donde busquen que todos los niños sean del Estado y que las familias pierdan totalmente su autoridad sobre ellos, esto podría verse como un tema de adoctrinamiento", agregó.
Grave lo del ministro de Salud: decir que la patria potestad es del Estado no solo es falso, es peligrosamente autoritario. La patria potestad es de los padres, según el Código Civil. El Estado protege, no reemplaza. ¿Ignorancia jurídica o sinceridad totalitaria?@alianzaninez… pic.twitter.com/ilhFYGUvuQ
— Cristina Plazas M. (@cristinaplazasm) April 10, 2025
El exministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, también le dedicó un trino al Minsalud.
"De donde sale SEMEJANTE ESTUPIDEZ!!! @MinSaludCol !!!! Se le recuerda que según el Artículo 288 del Código Civil colombiano: la patria potestad la ejercen conjuntamente el padre y la madre, cuando ambos están vivos y reconocen al hijo", manifestó.
"Y solo -agregó- según el Artículo 315 del Código Civil, un juez puede suspender o privar de la patria potestad a un padre o madre por causas graves como:
•Maltrato o abandono del menor
•Corrupción del menor
•Condena penal por ciertos delitos".
De donde sale SEMEJANTE ESTUPIDEZ!!! @MinSaludCol !!!! Se le recuerda que según el Artículo 288 del Código Civil colombiano: la patria potestad la ejercen conjuntamente el padre y la madre, cuando ambos están vivos y reconocen al hijo. Y solo según el Artículo 315 del Código… pic.twitter.com/eOQipS73Zv
— José Manuel Restrepo Abondano (@jrestrp) April 11, 2025
"Ministro, los hijos no son del Estado. La patria potestad es un derecho y deber natural de los padres, no una concesión gubernamental. Pretender que el Estado sustituya a la familia es propio de regímenes totalitarios", señaló la congresista María Fernanda Cabal.
"No se equivoque que las familias colombianas no están solas", añadió.
Ministro, los hijos no son del Estado. La patria potestad es un derecho y deber natural de los padres, no una concesión gubernamental. Pretender que el Estado sustituya a la familia es propio de regímenes totalitarios.
— María Fernanda Cabal (@MariaFdaCabal) April 10, 2025
No se equivoque que las familias colombianas no están… pic.twitter.com/HJA9wV2x05