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Corte recalca que IA no puede sustituir a un juez y ordena crear una guía para su uso

Juez utilizó la Inteligencia Artificial para resolver interrogantes jurídicos.

La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional señaló que la Inteligencia Artificial (IA) generativa no puede reemplazar a un juez y recomendó al Consejo Superior de la Judicatura adoptar una guía, manual o lineamiento para su uso en la Rama Judicial.

Este pronunciamiento del alto tribunal se da después de revisar una acción de tutela presentada por la madre de una menor de edad contra una EPS, con el fin de solicitar amparo de los derechos fundamentales a la salud y a la vida en condiciones dignas, debido a la negativa de la entidad de exonerar al niño del pago de cuotas moderadoras y copagos, cubrir gastos de transporte para que asista a terapias y garantizar un tratamiento integral.

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El juez de tutela de segunda instancia empleó la Inteligencia Artificial ChatGPT para formular interrogantes jurídicos sobre el derecho fundamental a la salud de menores de edad diagnosticados con trastorno de espectro autista y, acto seguido, incorporó las preguntas y respuestas en la motivación de la sentencia. De otra parte, abordó el análisis sobre la eventual afectación de los derechos a la salud, la vida digna y la seguridad social del menor de edad.

En relación con el debido proceso en un sistema de administración de justicia que haga uso de herramientas de Inteligencia Artificial, la Sala de Revisión de la Corte Constitucional señaló que debía respetarse el derecho a un juez natural, el cual implica como elemento esencial, la condición de ser humano del juzgador, ya que el diseño institucional y normativo actual no contempla la posibilidad de un juez máquina. En ese sentido, resaltó que la IA no puede reemplazar al juez en la toma de decisiones judiciales, sin importar la complejidad del asunto sometido a estudio de la jurisdicción. 

Por el contrario, el alto tribunal consideró que es admisible emplear estas tecnologías con fines de gestión administrativa y documental; apoyo a la función judicial en actividades que no suponen una labor de creación de contenido, interpretación de hechos o textos, ni solución de casos; y corrección y síntesis de textos, siempre y cuando estos sean supervisados por el operador jurídico para determinar su precisión, coherencia y correcta aplicación.

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Con base en lo anterior, al revisar el caso concreto la Sala de Revisión concluyó que no hubo un reemplazo de la función judicial por parte de ChatGPT, porque el juez de segunda instancia utilizó esa IA luego de fundamentar y tomar la decisión; solo entonces transcribió las preguntas que hizo en dicha plataforma y las respuestas arrojadas en la consulta. 

De igual forma, ordenó al Consejo Superior de la Judicatura que adopte una guía, manual o lineamiento en relación con la implementación de la IA generativa en la Rama Judicial, especialmente en cuanto al uso de la herramienta ChatGPT. 

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