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Corte ratificó que EPS no deben usar 5% de la UPC para financiar equipos de salud territorial

El Ministerio de Salud buscaba anular la decisión cautelar que había tomado la Corte Constitucional.

La Sala Plena de la Corte Constitucional negó una solicitud del Ministerio de Salud de anular una medida cautelar que libraba a las EPS de utilizar el 5% de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para la operación de los equipos básicos de salud territorial.

Esta decisión de la corte inaplicó los artículos 11 y 21 de la Resolución 2364 de 2023, que regula la suficiencia de la UPC.

El director jurídico del Ministerio de Salud, Rodolfo Salas, alegó que en aquella medida cautelar "solamente se encuentra su sustentación basada en los meros dichos de los terceros con intereses propios como los de los gremios de las EPS", según reveló El Tiempo.

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Pero el alto tribunal consideró que el recurso presentado por la cartera de salud "no se funda en razones claras, expresas, precisas, pertinentes y suficientes" ni "satisface el requisito de carga argumentativa".

"El Auto 875 de 2024 tuvo como sustento la potestad del tribunal constitucional para impartir órdenes provisionales tendientes a evitar retrocesos en la superación de las problemáticas estructurales y en el cumplimiento del fallo objeto de supervisión, en este caso, las relacionadas con la suficiencia de la UPC", explicó el magistrado ponente, José Fernando Reyes, presidente de la Corte Constitucional.