Pedro Pablo Jurado, Director Ejecutivo de Cormagdalena.
Pedro Pablo Jurado, Director Ejecutivo de Cormagdalena.
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Cormagdalena

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Cormagdalena renunció a indemnización por incumplimiento de EDC en el dragado

Con dos dragas dañadas el contratista dejó el trabajo tirado y aún así quedó “a paz y salvo” con la corporación. Con esta decisión puede seguir contratando y, por ende, incumpliendo.

En una insólita decisión, el Director Ejecutivo de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena), Pedro Pablo Jurado Durán, renunció al cobro de indemnizaciones por el grave incumplimiento en que incurrió la compañía European Dredging Company Sucursal Colombia (EDC), durante la reciente contratación para obras de dragado en el puerto de Barranquilla.

La EDC fue la compañía a la cual Cormagdalena le adjudicó el contrato de obra no. 0-0139-2019, por 2.992 millones 504 mil 864 pesos, disponiendo inicialmente la draga ‘Francis Beaufort’, que apenas iniciaba el trabajo cuando sufrió una avería en el casco, dejando inconcluso el dragado.

En medio de la crisis portuaria, reflejada en el desvío de embarcaciones con graves pérdidas para la economía local, pocos días después el contratista dispuso una nueva draga, la ‘Medway’, que ni siquiera alcanzó a ingresar al puerto por fallas en su maniobrabilidad.

Tras este segundo insuceso, el contratista se llevó el equipo y el trabajo quedó inconcluso, ante lo cual Cormagdalena tuvo que recurrir a otra compañía para ejecutar lo que el otro no realizó.

Y cuando se esperaba que la Corporación aplicaría todas las cláusulas relacionadas con indemnizaciones por el claro incumplimiento contractual, el Director de Cormagdalena, Pedro Pablo Jurado Durán suscribió el acta de terminación anticipada y liquidación por mutuo acuerdo, con el representante de la EDC, Ignace Albert Emmanuel Stols.

Fue la propia empresa EDC la que le solicitó a Cormagdalena la terminación de mutuo acuerdo y liquidación bilateral del contrato, atendiendo a la imposibilidad material en la que se encontraba para cumplir con el objeto del mismo “por el acaecimiento de circunstancias” que denominó “fuera de control razonable del contratista que causaron inconvenientes en la ejecución del contrato”.

Cormagdalena acogió la petición para “no incurrir en discusiones y procedimientos jurídicos relativos al cumplimiento contractual, reconocimientos dinerarios, existencia de sujeciones materiales imprevistas o eventos de fuerza mayor, entre otros”.

Fue así como las partes acordaron en el acta que “mediante este instrumento queda completamente liquidado y a paz y salvo el contrato de obra No. 0-0139-2019”.

Además, “las partes renuncian de manera expresa a cualquier reclamación administrativa y judicial de índole contractual o extracontractual, en relación y/o con ocasión a la suscripción, ejecución, terminación y liquidación bilateral del contrato incluyendo, entre otras, el cobro de la cláusula penal, el cobro de indemnizaciones y en general cualquier cobro atribuible al contrato de obra No. 0-0139-2019”.

Así las cosas el contratista que incumplió y dejó abandonado el puerto no solo quedó ‘a paz y salvo’, sino que, además, se mantiene plenamente habilitado para seguir contratando con el Estado y Cormagdalena en particular, pese al grave perjuicio que le causó a la ciudad.

 

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