¿Conoce casos de maltrato animal? Esto es lo que debe hacer para denunciar
La Fiscalía, la Alcaldía o la Inspección de Policía son los lugares a los que puede acudir para interponer una denuncia.
"Carlos, mi vecino, por las noches organiza peleas de perros en el patio de su casa. Los animales que participan en estos actos resultan heridos y nunca tienen atención médica, además los golpea y deja sin alimento para incentivar comportamientos violentos. A pesar de que otros vecinos le han advertido que lo van a denunciar, sigue organizando dichas las peleas".
Vivian sabe que una persona de su barrio deja comida envenenada en los parques para que los perros callejeros que la coman mueran. A pesar de saber quien comete dichos actos, no sabe qué hacer o quién acudir.
Para este y otros casos similares, usted podrá acudir ya sea ante la Fiscalía General de la Nación o ante la Alcaldía y/o Inspección de Policía de su municipio o distrito, para que tomen medidas de protección a favor los animales y sancionen a los responsables del maltrato.
¿Qué debo hacer?
En caso de que tenga conocimiento de actos de violencia contra los animales, usted podrá acudir a las siguientes autoridades, dependiendo la gravedad de las lesiones:
-Fiscalía General de la Nación: Cuando el maltrato ponga en grave peligro la vida, salud o integridad física del animal, usted puede presentar denuncia de manera verbal o escrita, en donde narre de forma breve cómo, cuándo y dónde ocurrieron los hechos. La Fiscalía General de la Nación, recibe denuncias en los diferentes centros de atención, como son: Unidades de Reacción Inmediata – U.R.I-, Salas de Atención al Usuario –S.A.U-, y las Casas de Justicia.
-Alcaldía o Inspección de Policía Municipal o Distrital: Cuando se cometan actos dañinos o crueles en contra de los animales (maltrato, desnutrición, encerramiento) que no pongan en peligro inminente su vida, usted puede presentar denuncia de manera verbal o escrita, describiendo las circunstancias en que ocurrieron los hechos.
Podrá informar a la Policía Nacional para que lleve al animal de forma inmediata a las entidades de protección, sin que medie orden judicial y con la finalidad de prevenir que continúen los actos de maltrato.
Las autoridades una vez tengan conocimiento de los actos de maltrato, iniciarán las investigaciones pertinentes e impondrán las sanciones a que haya lugar.
Fiscalía General de la Nación: le corresponde al Fiscal realizar la investigación y llevarla ante al Juez Penal Municipal, quien se encargará de imponer las sanciones; estas pueden ser de multa que irá de 5 a 60 smmlv o prisión de 12 a 36 meses.
Alcaldía o Inspección de Policía Municipal o Distrital: se encargará de iniciar la investigación y de imponer las multas correspondientes, las cuales irán de 5 a 50 smmlv.
¿El trámite tiene costo?
No
¿Necesita abogado?
No
¿Dónde puedo saber más sobre cómo proceder?
Si requiere mayor información o asesoría sobre el procedimiento para interponer denuncia, por maltrato en contra de los animales, usted podrá acercarse a la Personería, Defensoría del Pueblo o Consultorios Jurídicos de su municipio.
Para tener en cuenta:
La tenencia de animales silvestres y el tráfico de los mismos son considerados como delitos.
No constituirá delito y en consecuencia no habrá responsabilidad penal las siguientes prácticas:
Prácticas de buen manejo de los animales que tengan como objetivo el cuidado, reproducción, cría, adiestramiento; las de mantenimiento, beneficio y procesamiento de producción de alimentos; y actividades de entrenamiento para competencias.
Acciones de salubridad pública tendientes a controlar brotes epidémicos, o transmisión de enfermedades. (En los casos más graves se puede llegar a practicar eutanasia)
El rejoneo, coleo, las corridas de toros, novilladas, corralejas, becerradas y tientas, así como las riñas de gallos y los procedimientos utilizados en estos espectáculos.
Si el inspector de policía no cumple con su obligación de investigar y acudir al llamado de la ciudadanía, se puede denunciar sus actuaciones como faltas graves al servicio ante la Policía o la Procuraduría General de la Nación.
En caso de problemas de convivencia causados por animales de compañía puede recurrir en primera instancia a los administradores de los conjuntos residenciales y comités de convivencia. De no resolverse acudir ante el inspector de policía.
Si usted es el propietario de un animal considerado por la ley como potencialmente peligroso, tendrá la responsabilidad sobre la seguridad y manejo del mismo. De igual manera, deberá acatar medidas de protección como el uso de bozal.
En el territorio colombiano está prohibido por ley el uso de animales silvestres ya sean nativos o exóticos de cualquier especie en espectáculos de circos y similares.
Los vehículos de tracción animal están llamados a desaparecer, las alcaldías municipales están obligados a desarrollar e implementar planes para proteger la vida de este tipo de animales
*Con información de Minjusticia