El juez argumentó que el mandatario no rectificó en su debida forma contra el concejal Javier Julio Bejarano.
El alcalde William Dau y el condejal Javier Julio Bejarano
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Cinco días de arresto al alcalde de Cartagena Dau por desacato a tutela

El juez argumentó que el mandatario no rectificó en su debida forma contra el concejal Javier Julio Bejarano.

El Juzgado Quinto de Pequeñas Causas Laborales de Cartagena impuso este lunes arresto de cinco días al alcalde de Cartagena, William Dau, por desacato a un fallo de tutela presentada por el concejal de esa ciudad Javier Julio Bejarano.

La decisión se produce porque el juez le había ordenado al mandatario distrital ofrecer disculpas públicas a Bejarano, quien varias veces fue víctima de términos desobligantes al llamarlo ‘viejita chismosa’ por redes sociales, lo que el concejal consideró que  afectaban su buen nombre y su honra.

Acatando la orden del Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Cartagena con fecha 16 de agosto pasado, Dau procedió a rectificar mediante video publicado el 31 de agosto del año en curso.

Sin embargo, el juez Joaquín Uparela consideró quelas expresiones del alcalde no respetan las normas disciplinarias que exigen respeto y decoro entre los servidores públicos”.

El alcalde con las afirmaciones injuriosas y calumniosas en su contra está insinuando que el actor está incurso en una presunta conducta delictiva denominada falsa denuncia”, añadió Uparela.

Este mismo fallo fija como sitio de reclusión las instalaciones del C.T.I. o los calabozos del comando de la Policía Nacional en Cartagena.

El mismo juzgado pidió a la Fiscalía y la Procuraduría investigar a Dau Chamat por posible conducta punible y disciplinaria.

A su vez, Bejarano consideró que el alcalde está acostumbrado a lanzar acusaciones e improperios sin sustento para luego tener que retractarse.

En respuesta, la Alcaldía de Cartagena emitió un comunicado en el que asegura que el desacato del Juzgado Quinto de Pequeñas Causas Laborales en contra del mandatario “no es una decisión definitiva ya que la sanción está sujeta ante el Superior, Juzgado Tercero Laboral del Circuito”.