Dimayor le plantea a equipos los requisitos para establecer los protocolos de bioseguridad
Contemplan aspectos médicos, operativos, calendario de las fases, tipos de pruebas, recursos financieros y documentación administrativa necesaria de quienes componen la organización.
La División Mayor del Fútbol Colombiano -Dimayor-, informó que con el fin de avanzar en la implementación del “Protocolo de Bioseguridad para el Manejo y Control del Coronavirus Covid-19 en las actividades relacionadas con el entrenamiento y competencia de los futbolistas profesionales” (el “Protocolo de Bioseguridad”), y de acuerdo con lo aprobado en la reunión de la Asamblea General de Clubes Afiliados del sábado 27 de junio de 2020, se envió una comunicación a los presidentes y gerentes deportivos de los equipos, en donde se establecen una serie de requisitos que deberán ser cumplidos por los clubes afiliados para la implementación del protocolo.
Entre los temas relacionados para la reactivación de las competencias en el Fútbol Profesional Colombiano, se encuentran aspectos médicos, operativos, calendario de las fases, tipos de pruebas, recursos financieros y documentación administrativa necesaria de quienes componen la organización.
Al respecto, la Dimayor dio a conocer las siguientes decisiones:
Aspectos médicos y operativos
1. Desde la Fase 0 y hasta la Fase 4 establecidas en el Protocolo de Bioseguridad, serán cada uno de los clubes afiliados los únicos responsables de contratar los laboratorios para la realización de las pruebas.
2. La contratación se realizará directamente entre el club y el laboratorio, y la ejecución del contrato para la materialización del Protocolo de Bioseguridad podrá estar sujeta a la supervisión de la Dimayor.
3. La Dimayor adjunta a esta Circular el listado de laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud a nivel nacional; que serán los únicos habilitados para desarrollar este proceso (cualquier laboratorio que no esté en la lista, se entenderá expresamente excluido).
4. Adicional al reporte que hacen a las Secretarias de Salud de cada ciudad o departamento, los laboratorios contratados por los clubes deberán enviar el respectivo informe de las pruebas realizadas y los resultados de los mismos junto con la certificación adjunta al médico responsable de cada club y a la Dimayor (sujeto a las normas aplicables).
5. La Dimayor dispondrá de un formulario digital y un correo electrónico específico para la realización de los reportes diarios, semanales y de pruebas que deben certificarse para el cumplimiento del Protocolo de Bioseguridad. Esta información será compartida en un documento posterior de Anexos.
6. La Dimayor invitará a los clubes afiliados a una capacitación virtual relacionada con el Protocolo y su correcta implementación, dando cumplimiento a lo estipulado por el Gobierno Nacional, y buscando una mejor socialización y correcta implementación del Protocolo.
7. En caso de presentarse algún cambio, aclaración, o circunstancia de fuerza mayor frente a lo previsto en la Resolución No. 993 del 17 de junio de 2020, DIMAYOR hará los trámites correspondientes antes las autoridades competentes, y mantendrá informados a los clubes afiliados frente a cualquier modificación o aclaración de lo establecido inicialmente.
Calendario
Se ha definido el siguiente calendario para el cumplimiento de las diferentes fases del protocolo. Este calendario sirve de guía para el cumplimiento por cada uno de los clubes afiliados para el retorno a las competencias (se envía calendario adjunto).
- Fases 0, 1 y 2 (Planeación, Alistamiento y Condición de Salud)
- Duración 28 días. Inició el 18 de junio de 2020 y finaliza 15 de julio de 2020. Dentro de estos 28 días se cumplirán las Fases 0 de planeación, Fase 1 de alistamiento y Fase 3 de Condición de Salud. En este periodo de tiempo los clubes afiliados deben cumplir con lo descrito en el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud y reportar a la Dimayor de dicho cumplimiento.
Dentro de este periodo, específicamente en la Fase 2, se realizarán las primeras pruebas moleculares PCR a los listados de 40 personas entregados por cada uno de los clubes afiliados. Estas pruebas se realizarán entre el 10 y el 15 de julio de 2020.
- Fase 3 (Entrenamiento de Bajo Riesgo)
- Duración 28 días. Inicia el 16 de julio de 2020 y finaliza el 19 de agosto de 2020. En este periodo los clubes afiliados deben cumplir con lo descrito en el protocolo aprobado por le Ministerio de Salud y reportar a la Dimayor de dicho cumplimiento. Dentro de este periodo deberán realizarse pruebas serológicas IgG/IgM semanalmente, y reportar sus resultados a las Secretarios de Salud, Gobierno Nacional y DIMAYOR.
- Fase 4 (Entrenamiento Específico)
Para dar inicio a esta fase se deberá contar con el aval del Gobierno Nacional. La propuesta de calendario de esta fase, si el Gobierno Nacional autoriza, es:
- Inicia 20 de agosto de 2020 y finaliza el 26 de agosto de 2020. Esta fase está contemplada para realizarse una semana antes del inicio de la competencia, y servirá para que los clubes puedan entrar en fase de concentración previo al reinicio de los partidos. Es necesario aclarar, que este calendario podrá estar sujeto a cambios, según lo determinen la circunstancias, casos de fuerza mayor, y/o las directrices emitidas por las autoridades competentes. Cualquier modificación será informada con la antelación debida.
Pruebas
Se ha determinado un calendario para la realización de pruebas, que será socializado y coordinada posteriormente por el departamento médico de la FCF y la Dimayor con los médicos responsables de cada uno de los clubes.
Estas fechas deben ser socializadas con los respectivos laboratorios contratados.
Pruebas PCR
- 2 pruebas moleculares PCR tomadas en:
- Prueba 1 – Entre 12 y 13 de julio – Previo a la fase de entrenamientos
- Prueba 2 – Entre 16 y 17 de agosto – Previo a la competencia
Pruebas rápidas
4 pruebas serológicas IgG/IgM tomadas en:
- Semana 1 – lunes 20 de julio
- Semana 2 – lunes 27 de julio
- Semana 3 – lunes 03 de agosto
- Semana 4 – lunes 10 de agosto
Se ha determinado que el 15 de julio de 2020 es la fecha máxima para entregar los resultados de la prueba moleculares PCR de cada uno de las personas incluidas en el listado inicial de 40 personas.
El cierre de presentación de esta información será al medio día (12 m.) de ese miércoles 15 de julio con el fin de poder revisar y certificar desde Dimayor el cumplimiento del mismo.
De igual manera, entre el domingo 16 y lunes 17 de agosto de 2020 se llevará a cabo la toma de la segunda prueba molecular PCR de cada uno de las personas incluidas en el listado inicial de 40 personas. El cierre de presentación de los resultados de la segunda prueba PCR será el 19 de agosto al medio día (12 m.), para poder revisar y certificar desde Dimayor.
La planeación del calendario, definición de fechas de pruebas y cantidad de las mismas fueron diseñadas cumpliendo las siguientes variables establecidas por el Ministerio y el Protocolo, buscando garantizar el rendimiento deportivo y reacondicionamiento físico.
•- Fase 0, 1 – Cumplimiento de 28 días estipulados en el protocolo.
- Fase 2 – Duración de 3 a 6 días para la realización de pruebas.
- Fase 3 – Duración de 28 días estipulados en el protocolo.
- Fase 4 – Propuesta de concentración una semana antes del inicio de la competencia.
Garantizar al menos 6 semanas de reacondicionamiento físico previo a la competencia.
- Realización de pruebas moleculares PCR previo a la competencia.
- Realización de pruebas serológicas IgG/IgM semanalmente.
Aspectos financieros
- La Dimayor ha destinado, para el pago de las pruebas de diagnóstico de SARS-COV2 requeridas desde la fase 0 hasta la fase 4 del Protocolo de Bioseguridad, para cada uno de los 36 clubes afiliados. Estos recursos se girarán a cada club, previo envío de las facturas emitidas por el laboratorio escogido por cada club y previamente aprobado por la Dimayor.
- Para el giro de los recursos, es necesario que la factura esté a nombre del club correspondiente y que relacione en detalle el número y tipo de pruebas de diagnóstico realizadas. La Dimayor únicamente girará los recursos correspondientes a las pruebas de diagnóstico SARS-COV2 practicadas a las 40 personas contenidas en el listado oficial elaborado por cada club y, como ya se mencionó, hasta el tope máximo según el presupuesto comunicado.
- Como medida de control, la Dimayor exige que las facturas mencionadas sean acompañadas del documento donde se relacione cada una de las personas a quienes le fueron practicadas las pruebas; este documento debe estar igualmente certificado por el mismo laboratorio.
La administración de la Dimayor, con la intención de cumplir las directrices dispuestas por el Gobierno Nacional y las autoridades sanitarias del país, hacen las siguientes recomendaciones:
1. Implementar protocolos idóneos de seguimiento y monitoreo a los miembros de las plantillas deportivas de cada uno de los clubes, a través de su personal médico y de cualquier entidad encargada de la seguridad y salud del club; dando estricto cumplimiento a la normatividad aplicable.
2. Dar estricto cumplimiento a las directrices, ordenes, decisiones e instrucciones emitidas por el Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales.
3. Notificar a la administración de la Dimayor de manera inmediata y oportuna, cualquier caso positivo que se llegue a confirmar en sus plantillas deportivas por parte de las autoridades competentes, y/o cualquier situación (incluyendo médica, laboral, logística y/o contractual) que pueda tener efectos adversos frente a la implementación del Protocolo de Bioseguridad.
4. Comunicar a los miembros de sus plantillas deportivas las medidas de prevención decretadas por el Gobierno Nacional y por la Organización Mundial de la Salud a fin de prevenir la aparición y proliferación de casos positivos de Covid-19.
5. Los clubes afiliados tienen la obligación y la responsabilidad de dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Resolución No. 993 del 17 de junio de 2020, el Decreto Legislativo 539 de 2020, y demás decretos, resoluciones, y/o directrices que lo complementen, reemplacen o modifiquen.
6. Lo previsto en esta Circular debe ser interpretado y está sujeto a lo establecido en la Resolución No. 993 del 17 de junio de 2020, el Decreto Legislativo 539 de 2020, y demás decretos, resoluciones, y/o directrices que lo complementen, reemplacen o modifiquen. Ante cualquier duda o comentario, la administración dará trámite inmediato ante las autoridades competentes.
Por último, la Dimayor comenzará esta semana reuniones de manera virtual con cada uno de los departamentos de los clubes que están involucrados en la ejecución de las diferentes etapas que componen el protocolo de bioseguridad para la reanudación del Fútbol Profesional Colombiano en sus diferentes categorías.