EN VIVO

Vea nuestro noticiero aliado Atlántico en Noticias

Comenzo a transmitir hace 3 horas
Antonio Quinto Guerra Valera, candidato a la Alcaldía de Cartagena.
Antonio Quinto Guerra Valera, candidato a la Alcaldía de Cartagena.
Foto
Archivo particular

Share:

Procuraduría pide nulidad frente a la habilitación del CNE de la candidatura de Quinto Guerra

Ministerio considera que está inhabilitado.

La Procuraduría esentó ante el Consejo Nacional Electoral una solicitud de nulidad frente la decisión que dejó en firme la candidatura a la alcaldía de Cartagena, de Antonio Quinto Guerra Valera, quien a juicio del Ministerio Público se encuentra inhabilitado para aspirar al cargo.

El Viceprocurador General de la Nación, Juan Carlos Cortés González, señaló que con la decisión del CNE de integrar para este caso una sala de 11 magistrados (9 consejeros titulares y 2 conjueces), la votación aprobatoria requería mínimo de 7 votos.

Para la Procuraduría la sesión en la que se dio el visto bueno a la candidatura de Guerra Varela desconoció la obligatoriedad de la mayoría calificada como lo establece el Código Electoral. Aunque asistieron 8 consejeros se requería un mínimo de 7 sufragios.

“La votación al proyecto fue de 6 votos a favor y 2 en contra. Los consejeros que votaron en contra fueron Armando Novoa García y Héctor Helí Rojas Jiménez. Ante esta situación, el ministerio público puso en conocimiento de la Sala, en ese momento, que no se tenía el quorum necesario para tomar la decisión, al no contarse con la mayoría calificada exigida por el artículo 20 del Código Electoral, sin embargo, dicha petición no fue atendida y se procedió a proferir la Resolución 0995 dentro de la actuación administrativa”, sostiene el documento.

El viceprocurador Cortés González insistió además en la tesis de que el candidato Antonio Quinto Guerra Varela se encuentra inhabilitado para aspirar a la alcaldía de Cartagena, porque 5 meses antes de su inscripción tuvo contratos con el Departamento de Bolívar y el Ministerio de Vivienda, con el que firmó un otrosí el 30 de octubre, que modificó el contrato inicial y extendió el tiempo de su vinculación hasta el 31 de diciembre.

Más sobre este tema: