Néstor Humberto Martínez Neira, fiscal general de la Nación.
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Archivo Zona Cero

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Fiscal presentó ante la Cámara observaciones a proyecto de ley de pequeñas causas

Cámara acogió solicitud de creación de una comisión accidental que estudie las modificaciones propuestas.

El fiscal general Néstor Humberto Martínez Neira presentó este martes ante la Comisión Primera de la Cámara de Representantes algunas observaciones al proyecto de ley de pequeñas causas, “por el cual se definen las contravenciones penales, se establece un procedimiento especial abreviado para ellas y se regula la figura del acusador privado”.

De acuerdo con el fiscal Martínez Neira deben evaluarse la conveniencia de equiparar los delitos querellables, contravenciones y acusador privado, pues “la contravención es un concepto de derecho sustancial, la querella es una exigencia de orden procesal y el acusador privado es una facultad especial para que un sujeto diferente a la Fiscalía ejerza la acción penal”. 

En ese sentido, establecer como contravenciones exclusivamente aquellas conductas punibles que requieren querella “desconoce la finalidad del proyecto”.

El jefe del ente acusador hizo énfasis en la necesidad de realizar algunos ajustes, para lo cual requirió la creación de una comisión accidental que estudie las modificaciones propuestas.

Revisión a algunas leyes recientes

El fiscal, también, advirtió sobre algunas reformas de leyes recientemente expedidas, que de no ser revisadas podrían generar contradicciones en la política criminal del Estado. Es el caso de la tipificación del delito de lesiones personales cuando de las mismas se deriva una deformidad permanente causada por ácidos o sustancias similares, lo que desconocería la Ley Natalia Ponce en la que esta situación se constituye como un delito autónomo.

Martínez Neira solicitó la revisión del apartado referido a las reformas al Código Penal sobre conductas que afecten el patrimonio económico porque al establecer un tope de 150 SMMLV como mínimo para definirla como un delito “automáticamente causaría el archivo y/o preclusión de las actuaciones respectivas y la absolución o liberación de todas las personas investigadas y/o condenadas […] como ocurriría verbigracia, con conductas como el hurto de celulares”.

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