Steimer Alí Mantilla Rolong, alcalde de Puerto Colombia.
Steimer Alí Mantilla Rolong, alcalde de Puerto Colombia.
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Alcaldía de Puerto Colombia

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Ratifican suspensión de 6 meses a Alcalde de Puerto Colombia: no terminará mandato

Procuraduría confirmó fallo de mayo pasado.

La Procuraduría General de la Nación confirmó "el fallo que sancionó al alcalde de Puerto Colombia, Atlántico, Steimer Alí Mantilla Rolong, con suspensión del cargo por seis meses, al no declararse impedido para resolver la segunda instancia de un proceso policivo en el que ya había intervenido".

En el fallo firmado por la Procurador Regional del Atlántico, Margarita Rosa De la Hoz Jure,  sostiene que "la solicitud de nulidad presentada no será estudiada de fondo por la instancia" porque "la oportunidad con la que contaba el disciplinado para realizarla se encuentra expirada".

El fallo confirma en todas sus partes la Resolución número 005 de fecha mayo 2 de 2009, fallo de primera instancia proferido dentro del proceso disciplinario por medio del cual la Procuraduría provincial de Barranquilla resolvió declararlo disciplinariamente responsable en el que le impone una sanción de 6 meses.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión de seis meses al alcalde de Puerto Colombia, Atlántico, Steimer Alí Mantilla Rolong, por fallar un proceso policivo de perturbación a la posesión de un bien inmueble, a pesar de estar impedido.

En el proceso el órgano discipinario encontró que en el 2013, en su calidad de Personero, Mantilla Rolong intervino en varias diligencias del proceso, entre ellas una inspección ocular al inmueble objeto de la demanda, y luego fue notificado del fallo adoptado en ese caso.

"Posteriormente, en febrero de 2016 en su condición de alcalde, actuó como segunda instancia y confirmó la decisión impuesta por la Inspección Primera de Policía de Puerto Colombia, con lo que desconoció la normatividad legal que lo inhabilitaba para intervenir nuevamente en el proceso, ya que no podía cumplir dos funciones en un mismo caso", indicó la Procuraduría.

Fallo de la Procuraduría by Zonacero on Scribd