El Ministro de Salud, Fernando Ruiz.
El Ministro de Salud, Fernando Ruiz.
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MinSalud anuncia creación del Centro de Contacto Nacional de Rastreo

Tras expedir decreto que actualiza el PRASS.

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Decreto 1374 de 2020 por el cual se actualiza el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible – PRASS con el fin de describir con mayor detalle las responsabilidades de todos los actores y especificar el alcance del programa. 

“En este momento de aislamiento selectivo con distanciamiento individual es importantísimo tener la capacidad de rastrear a la población y poder tener información sobre quiénes han sido contactos cercanos de las personas que han estado contagiadas, y tenerla lo más rápido posible”, dijo Fernando Ruiz Gómez, ministro de Salud y Protección Social. 

En las principales actualizaciones de este Decreto está la creación del Centro de Contacto Nacional de Rastreo – CCNR, que tendrá capacidad de realizar más de 100 mil llamadas diarias a todos los casos potenciales de contagio por haber estado en contacto con personas diagnosticadas con el virus o con probabilidad de tenerlo en su contacto inicial, y posterior seguimiento.

Es importante recordar que el PRASS consiste en la identificación oportuna de casos reportados como sospechosos o probables de contagio y el rastreo de sus contactos, es decir, las personas con quienes han tenido cercanía física de forma reciente y la realización de pruebas, con el fin de llevar a cabo un aislamiento responsable y sostenible en el tiempo de su recuperación. 

Para su funcionamiento están contemplados equipos de rastreo compuestos por grupos interdisciplinarios que incluyen personal de la salud de niveles técnico y profesional, así como personal de apoyo entrenado en rastreo telefónico y presencial. 

Estos equipos contarán con más de dos mil rastreadores a nivel nacional que harán búsqueda y seguimiento de casos sospechosos o probables de contraer la enfermedad.

Cabe aclarar que el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible es complementario a las estrategias de seguimiento de casos y contactos que se desarrollan a través de la vigilancia en salud pública.

Responsabilidades

También, dentro de las novedades del documento está la definición de un equipo técnico -bajo la coordinación del Ministerio de Salud- liderado por las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales, encargadas de la implementación del PRASS en sus territorios. 

Ellas deben coordinar las acciones con las entidades encargadas del aseguramiento en salud y con el Centro de Contacto Nacional de Rastreo para la búsqueda efectivo y oportuna de casos y contactos. A su vez, tienen que evaluar y monitorear el cumplimiento de las acciones a cargo de las aseguradoras en su jurisdicción. 

Asimismo, designarán un Líder PRASS encargado de la formulación, implementación y seguimiento de los planes operativos del programa. De acuerdo con el análisis de sus capacidades y necesidades operativas, se escogerá tantos como se requieran.

Las administradoras de riesgos laborales tienen la obligación de garantizar la realización de las pruebas diagnósticas de Covid-19 que deban practicarse a los trabajadores del sector salud, personal administrativo, aseo, vigilancia y apoyo en las diferentes actividades relacionadas con la atención de la pandemia. 

De igual manera, deben reconocer y pagar a los afiliados la prestación económica derivada de la incapacidad laboral por Covid-19. Para facilitar el aislamiento, el PRASS establece el pago de incapacidades o promueve el teletrabajo en el caso de los afiliados al régimen contributivo, y establece una compensación económica para el aislamiento de la familia de los afiliados al régimen subsidiado. 

Los médicos tratantes podrán consignar en la historia clínica la necesidad de cumplir con la medida de aislamiento preventivo para los casos confirmados, probables, sospechosos y contactos, acompañada de orden de prueba diagnóstica. 

En el caso de los rastreadores, vigilantes y prestadores de servicios de salud, deben buscar que las personas efectivamente se aíslen una vez son casos probables, sospechosos o confirmados. 

El seguimiento del estado de salud de las personas se deberá realizar a todos los casos o contactos de quienes se les haya recomendado esta medida y lo deberán realizar las empresas aseguradoras, entidades territoriales y el Centro de Contacto Nacional de Rastreo. 

La implementación del programa requiere del compromiso de todos los colombianos al momento de reportar la información sobre contactos, facilitando así su búsqueda y posterior atención y seguimiento.

Pagos al THS 

En Prevención y Acción, el jefe de la cartera de Salud anunció que ya se han girado a las cuentas personales de 64 mil trabajadores de la salud el reconocimiento económico por la labor desarrollada en atención de la pandemia, que suman $97.400 millones. Además, respondió inquietudes relacionadas con espectáculos y aglomeraciones. 

“Todavía no podemos hacer espectáculos al aire libre, no podemos hacer nada que nos lleve hacia las aglomeraciones y hacia lo que implica esa posibilidad de tener acercamiento que nos lleve a un mayor contagio", aseguró. 

Finalmente, hizo énfasis en la importancia de evitar las aglomeraciones en marchas y celebraciones. “En el comité asesor se definió que las fiestas de Halloween no se harán y todas las celebraciones de los niños el 31 de octubre deben ser dentro de las casas, con el núcleo familiar que vive en la residencia”, apuntó.

Decreto para actualización del PRASS by Zonacero on Scribd

*Con información del Ministerio de Salud

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