El Ministro del Interior, Daniel Palacios Martínez
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Ampliación de emergencia sanitaria “no alterará orden de vacunación”

Entes territoriales no podrán modificar el Plan Nacional de Vacunación.

El Gobierno Nacional dio a conocer esta noche el decreto de orden público a través del cual se imparten medidas que deben cumplirse por la pandemia del Covid-19.

El nuevo decreto ordena a los entes territoriales el estricto cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación.

Se les prohibe modificar las fases establecidas y se mantienen las restricciones de los eventos públicos  “que impliquen aglomeraciones”.

Los eventos masivos o de “alto contacto” tampoco se podrán desarrollar durante el periodo de la nueva prórroga de la emergencia sanitaria.

Discotecas y lugares de bailes son otros de los lugares que continúan restringidos y “no se podrá consumir bebidas embriagantes en el espacio público y en establecimientos de comercio”.

Sin embargo, “se autoriza el consumo de bebidas embriagantes en restaurantes”. Igualmente se podrán comercializar en plataformas digitales y en domicilios.

Durante el nuevo periodo, los alcaldes podrán solicitar permiso al Ministerio del Interior para “bares, gastrobares, eventos, ferias empresariales o ganaderas, conforme al desescalamiento progresivo de la pandemia”.

 

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